Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 13 de Junio de 2013 (Quinta Sección)

PERIODICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVII Morelia, Mich., Jueves 13 de Junio del 2013 NUM. 13
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Interino del Estado de
Michoacán de Ocampo
Lic. José Jesús Reyna García
Secretaría de Gobierno
Por Ministerio de Ley
Tte. de Corb. Fernando Cano Ochoa
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 26 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TANHUATO, MICHOACÁN
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
ACTA NO. 51
AYUNTAMIENTO 2012-2015
En la ciudad de Tanhuato de Guerrero, cabecera del Municipio de Tanhuato del
Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, siendo las 13:15 trece horas
con quince minutos del día 05 cinco de junio del 2013 dos mil trece, se reunieron en
el salón de sesiones del Ayuntamiento ubicado en Palacio Municipal, los CC.
Gustavo Garibay García, Presidente Municipal, José Ignacio Cuevas Pérez, Síndico
Municipal, Isabel Cristina Campos López, Adelaida Tinajero Gil, Salvador Tamayo
Guillén, José Juan Vazques Tamayo, José Alfredo Hernández Baeza y Jesús Izquierdo
Cárdenas, todos ellos Regidores Propietarios del Ayuntamiento con la finalidad de
celebrar sesión extraordinaria de Ayuntamiento, bajo el siguiente:
Orden del día
1.- . . . . .
2.- . . . . .
3.- Solicitud que presenta el Arq. Alejandro Hernández Gómez, Director de
Urbanismo y Obras Públicas, para la revisión, aprobación y publicación en el
Periódico Oficial del Estado el Reglamento de Construcción del Municipio de
Tanhuato, Michoacán.
4.- . . . . .
...................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................
.......................................................................
TERCERO.- La Secretaria del Ayuntamiento informa que esta sesión extraordinaria
de Ayuntamiento fue convocada en relación a la solicitud que presenta el Arq.
Alejandro Hernández Gómez, Director de Urbanismo y Obras Públicas, para la
revisión, aprobación y publicación en el Periódico Oficial del Estado el Reglamento
de Construcción del Municipio de Tanhuato, Michoacán.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Jueves 13 de Junio del 2013. 5a. Secc.
No habiendo comentarios se pasa a votación la solicitud
que presenta el Arq. Alejandro Hernández Gómez, Director
de Urbanismo y Obras Públicas, para la revisión, aprobación
y publicación en el Periódico Oficial del Estado el
Reglamento de Construcción del Municipio de Tanhuato,
Michoacán, siendo aprobado por mayoría con 7 votos a
favor representados por el Presidente Municipal, el Síndico
Municipal y los regidores Adelaida Tinajero Gil, Isabel
Cristina Campos López, José Alfredo Hernández Baeza, José
Juan Vazques Tamayo y Jesús Izquierdo Cárdenas y una
abstención por parte el Regidor Salvador Tamayo Guillén.
Que dando el Reglamento de Construcción del Municipio
de Tanhuato, Michoacán de la siguiente manera:
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TANHUATO,
MICHOACÁN
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DEL
MUNICIPIO DE TANHUATO, MICHOACÁN
EL CIUDADANO GUSTAVO GARIBAY GARCÍA,
PRESIDENTE MUNICIPAL DE TANHUATO
MICHOACÁN, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HAGO
SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO,
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 115 FRACCIÓN
II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; ARTÍCULO 123 FRACCIÓN IV DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
MICHOACÁN; EL CÓDIGO DE DESARROLLO URBANO
DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y EL ARTÍCULO 32
INCISO a) 145,146 y 147 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL; EN LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
NÚMERO 51 CELEBRADA EL DIA 04 DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO 2013, APROBÓ EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
PARA EL MUNICIPIO DE TANHUATO DEL ESTADO
DE MICHOACÁN
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETIVOS
ARTÍCULO 1.- Este Reglamento es de orden público e
interés social y de observancia obligatoria, por lo que todas
las acciones de construcción, modificación, ampliación,
remodelación instalación, demolición, rehabilitación, así
como instalación de servicios en la vía pública que se realice
en el Municipio de Tanhuato, deberán cumplir con las
disposiciones contenidas en el presente Reglamento, en el
Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán y
demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Tiene por objeto, normar, regular y adecuar las
construcciones e instalaciones que se ejecuten en terrenos
de propiedad privada, pública, ejidal o comunal; así como el
uso específico de predios, vías públicas, edificaciones,
estructuras, instalaciones y servicios públicos teniendo
como objetivos específicos:
I. Asegurar que toda construcción cumpla con la ética
profesional del constructor, sustentada en los 6
principios básicos de la construcción, que son:
Estabilidad, Durabilidad, Economía, Confortabilidad,
Finalidad Social y de Protección al Medio Ambiente;
II. Aplicar las normas técnicas establecidas para las
construcciones de carácter público y privado;
III. Prevenir y reducir los riesgos de fallas en las
construcciones provocadas por fenómenos
naturales o deficiencias constructivas, fijando las
normas y especificaciones que permitan ampliar los
márgenes de seguridad en beneficio de los usuarios;
IV.Vigilar y controlar la fundación y crecimiento de los
centros de población, así como la proyección
adecuada y necesaria para el aprovechamiento del
uso del suelo, en congruencia con las Leyes y
Reglamentos de Zonificación y de Imagen Urbana
en el Estado;
V. Regular la construcción, la operatividad y
conservación en general en la fundación y
crecimiento de esos centros de población, sin
importar su origen o destino, ya sea que se
desplanten en predios públicos, privados, ejidales o
comunales;
VI. Fijar los procedimientos para la expedición de
autorizaciones, como son licencias de construcción
y/o permisos relacionados con la construcción;
VII. Establecer las medidas de seguridad mediante la
inspección y vigilancia, en el proceso de ejecución
de las construcciones;
VIII. Promover y difundir la aplicación del presente
Reglamento;
IX. Establecer que las tecnologías y métodos de
construcción presentes y futuras sean congruentes
con la Movilidad y Sustentabilidad Ambiental;y,
X. Proporcionar los mecanismos y procedimientos

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