Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 08 de Marzo de 2013 (Tercera Sección)

PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVI Morelia, Mich., Viernes 8 de Marzo del 2013 NUM. 44
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. J. Jesús Reyna García
Director del Periódico Oficial
Lic. Vicente Martínez Hinojosa
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 54 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
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H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIQUILPAN, MICHOACÁN
PLAN DE DESARROLLO URBANO - TURÍSTICO DEL MUNICIPIO
DE JIQUILPAN, MICHOACÁN
ACTA ORDINARIA DE CABILDO 46
En la ciudad de Jiquilpan de Juárez del Estado Libre y Soberano de Michoacán
siendo las dieciséis horas del día 11 de Enero del año dos mil Trece, reunidos en
Salón de Juntas de esta Presidencia Municipal ubicada en Diego J. Abad esquina
con Profr. Fajardo S/N de esta Ciudad, previo citatorio que fue hecho llegar a los
miembros del H. Ayuntamiento, se reunieron los CC. Arq. José Francisco Álvarez
Cortés, Ing. Jorge Alberto Sánchez Ceja, Ing. Ulises Lúa Arteaga, Beatriz
Hernández Flores, Ing. Salvador Sánchez Guerra, Martha Alonzo Rivas, Patricia
Alejandra Guerra Preciado, Oscar Sánchez Gallardo, Profr. Rubén Morgado
González, Lic. Omar Alfredo Santillán Múgica, Dr. Antonio Rodríguez Valencia y
Jordán Naranjo Anaya, asistidos por el Lic. Alejandro Valencia Figueroa, Secretario
del H. Ayuntamiento, para celebrar sesión Ordinaria de Cabildo de acuerdo al
siguiente orden del día: 1.- ..., 2.- ..., 3.- ..., 4.- ..., 5.- ..., 6.- ...,. 7.- Asuntos
Generales..........................................................................................................................
............................................... C).- PLAN DE DESARROLLO URBANO -
TURÍSTICO DEL MUNICIPIO DE JIQUILPAN, MICHOACÁN, .....................:
En este punto, se aprobó por el voto unánime por los integrantes de Cabildo el
Plan de Desarrollo Urbano - Turístico del Municipio de Jiquilpan, Mich. 2012-
2020,..................................................................................................................................
............................................... Lo anterior una vez que fue debidamente discutido
por la H. Comuna Municipal; por lo que deberá seguirse el trámite para su
publicación en el Periódico Oficial................................................................................
............................................................................................................................................
........................................................., siendo las 18:20 dieciocho horas con veinte
minutos del día de su inicio y no habiendo otro asunto que tratar se dio por
terminada la presente, firmando de conformidad los que en ella intervinieron y
quisieron hacerlo. Doy fe.
PERIODICO OFICIAL
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Viernes 8 de Marzo del 2013. 3a. Secc.
Arq. José Francisco Álvarez Cortés.- Ing. Jorge Alberto
Sánchez Ceja.- Ing. Ulises Lúa Arteaga.- C. Beatriz Hernández
Flores.- Ing. Salvador Sánchez Guerra.- C. Martha Alonzo
Rivas.- C. Patricia Alejandra Guerra Preciado.- C. Oscar
Sánchez Gallardo.- Profr. Rubén Morgado González.- Dr.
Antonio Rodríguez Valencia.- C. Jordán Naranjo Anaya.-
(No firmó) Lic. Omar Alfredo Santillán Múgica.- Lic.
Alejandro Valencia Figueroa. (Firmados)
El que suscribe C. Lic. Alejandro Valencia Figueroa,
Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Jiquilpan,
Michoacán, hace constar: Que la presente copia concuerda
fielmente con su original que obra en el libro de actas de
este H. Ayuntamiento. Doy fe.- Jiquilpan, Mich., a 23 de
enero del año 2013 dos mil trece.
A T E N T A M E N T E
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
C. LIC. ALEJANDRO VALENCIA FIGUEROA
(Firmado)
Ya para el 16 de abril de 1891 la cabecera municipal se elevó
a rango de Ciudad con el nombre de Jiquilpan de Juárez.
La revolución y la guerra cristera culminan con la
introducción al ámbito político de uno de los mejores
hombres de Jiquilpan el Gral. Lázaro Cárdenas del Rió quien
ha sido de los mejores presidentes de México y que ponen
en alto a la ciudad y fue quien impulso la imagen urbana de
la ciudad.
Jiquilpan es un desarrollo turístico que se caracteriza por su
historia, cultura y tranquilidad, por la riqueza arquitectónica
de sus construcciones, así como por la calidad ambiental de
la zona en la que se ubica. Estos factores favorables y
propicios para el desarrollo de la actividad turística, hacen
que en la actualidad el destino presente la tendencia hacia
la especialización en el segmento del turismo cultural y de
descanso.
La importancia que representa en la actualidad el turismo
para el desarrollo económico dela localidad, reside en su
carácter preservador y de mejoramiento de las zonas en que
se realiza, tanto en el aspecto ambiental como en lo urbano.
El Plan de Desarrollo Urbano-Turístico de Jiquilpan, Estado
de Michoacán; elaborado por el Departamento de
Urbanismo, y con apoyo del H. Ayuntamiento de Jiquilpan,
Michoacán, presidido por el Arq. José Francisco Álvarez
Cortes.
El objetivo de su elaboración fue el conocer el panorama
actual de la actividad turística en la ciudad de Jiquilpan, así
como la problemática urbana que incide en ella, con la
finalidad de formular una estrategia de reposicionamiento
turístico de la localidad.
En la elaboración del Plan, además del equipo de trabajo, se
contó con la participación defuncionarios de distintas
dependencias involucradas en la problemática, entre las que
seencuentran el departamento de Ecología, Tránsito
Municipal, Organismo Operador de Agua Potable y
Alcantarillado de Jiquilpan, Desarrollo Económico del
Municipio, entre otras instancias; así como particulares
entre los que estuvieron, empresarios, constructores,
consultores y colegios; reunidos todos en los Talleres de
Planeación Estratégica que como parte del proyecto se
llevaron a cabo.
A lo anterior se suma la participación de expertos en la materia
turística, que fueron consultados a través de grupos de
enfoque, desarrollados con tal objetivo y con la finalidad
de contar con una visión más amplia de la problemática
turística de las ciudades coloniales, además de los elementos
de carácter local propios de la ciudad de Jiquilpan.
___________
PLAN DE DESARROLLO URBANO - TURÍSTICO
DE JIQUILPAN, MICHOACÁN
2012-2020
PRESENTACION
La palabra Jiquilpan procede de la lengua Náhuatl
"Xiuquilpan, Xiquilpan, oXiquilpa", que quiere decir "lugar
de plantas tintóreas". El significado no parece ofrecer
dificultad por cuanto hay relación entre el lugar y Xiquilpan
que debe su nombre a la planta del añil llamada
xiuhquilitlpitzahuac, y que abundaba mucho en tierra llana
y templado-caliente.
El territorio de Jiquilpan estuvo habitado por nahuatlacas
en la época prehispánica como lo prueban los
descubrimientos arqueológicos hechos en la toma de El
Otero, siendo Jiquilpan en ese período centro cultural,
agrícola y comercial muy importante en la región. Para 1822
Jiquilpan contaba con un curato secular y ayuntamiento
constitucional y de acuerdo con la división territorial que
hizo el Congreso, quedó comprendido dentro del
departamento de Zamora.
Así se constituyó en municipio el 10 de diciembre de 1831.
Es en esta época cuando se alza el nombre de Jiquilpan con
un primer presidente nacido en la ciudad, Anastasio
Bustamante.
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Es importante mencionar también las reuniones con las
autoridades municipales, las cuales se dieron en el diseño
de la estrategia y los programas, sirviendo para consensuar
las propuestas realizadas.
Aprovechamos la oportunidad para agradecer a los
funcionarios de los diversos órdenes de gobierno por su
participación en este proyecto, así como también a todos
los participantes, sin cuya colaboración la elaboración de
este trabajo no hubiera sido posible.
FUNDAMENTACION JURIDICA
El presente Plan de Desarrollo Urbano - Turístico de
Jiquilpan, Michoacán, es un esfuerzo que intenta trascender
los enfoques sectoriales que se han dado hasta la fecha en
la planeación del desarrollo en los diversos órdenes de
Gobierno. Esto conlleva a una fundamentación jurídica que
debe considerar los aspectos urbanos y turísticos de forma
integral y articulada.
Con base en lo anterior el Plan de Desarrollo Urbano -
Turístico de Jiquilpan Michoacán, se sustenta
jurídicamente en los artículos 25, 26, 27 y 115 de la
Ley Federal de Turismo; los artículos 4, 5, 11, 15 y 19 de la
Ley General de Asentamientos Humanos; el artículo 17 de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y de la Protección
al Ambiente; el artículo 14 y 17 de la Constitución Política
del Estado de Michoacán; los artículos 12, 25, 41 y 43 de la
Ley de Planeación para el Estado de Michoacán ; los
artículos 2, 69, 90 y 95 de la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Michoacán; los artículos 11 y 44 el Código
de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán, el artículo
26 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente
del Estado de Michoacán; a continuación se exponen los
aspectos más relevantes a considerar de los
ordenamientos jurídicos aplicables:
Los artículos 25 y 26 hacen énfasis en que corresponde al
Estado la rectoría del desarrollo, para lo cual se establece
un sistema de planeación democrática a nivel nacional, el
cual estará dirigido por el Plan Nacional de Desarrollo. El
Programa forma parte de este sistema de planeación
democrática y por tanto debe considerar los planteamientos
de otros planes de más alta jerarquía y de otros sectores.
"La nación tendrá en todo el tiempo el derecho de imponer
a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés
público [...] En consecuencia se dictarán las medidas
necesarias para ordenar los asentamientos humanos y
establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos
de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras
públicas, y de planear y regular la fundación, conservación,
mejoramiento y crecimiento de los centros de población..."
El artículo 115 de la Constitución, en su fracción V otorga a
los Municipios varias de las atribuciones establecidas en el
artículo 27, señalando:
"Los municipios, en los términos de las leyes federales y
estatales relativas, estarán facultados para: formular, aprobar
y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano
municipal… autorizar, controlar y vigilar la utilización del
suelo [...] en sus jurisdicciones territoriales…"
El artículo 2 de esta Ley establece, entre otras cosas que:
"La planeación deberá llevarse a cabo como un medio que
permita regular y promover la acción sobre el desarrollo
integral del país y deberá tender a la consecución de los
fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos
contenidos en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos."
Ley Federal de Turismo
necesidad de que los gobiernos de las entidades federativas
y de los municipios, asuman funciones operativas para
elaborar y ejecutar programas de desarrollo turístico local;
crear los medios de apoyo y fomento a la inversión en materia
turística; promover y coordinar las obras y servicios
públicos necesarios para la adecuada atención al turista y
al propio desarrollo urbano turístico de la comunidad; así
como promover la planeación, programación, fomento y
desarrollo del turismo en forma armónica.
Con base en lo anterior se considera que este Programa
tiene la finalidad de cubrir estos aspectos, convirtiéndose
en un mecanismo de concurrencia de los tres órdenes de
gobierno para el reposicionamiento de la actividad turística
de Jiquilpan.
Ley General de Asentamientos Humanos.
El artículo 4 de la Ley General de Asentamientos Humanos
retoma al 27 Constitucional considerando de interés público
la determinación de provisiones, reservas, usos y destinos.
El artículo 5 plantea, entre otros aspectos, la utilidad pública
de la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento
de los centros de población; así como de la ejecución de
planes o programas de desarrollo urbano.

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