Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 15 de Marzo de 2013 (Quinta Sección)

PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVI Morelia, Mich., Viernes 15 de Marzo del 2013 NUM. 49
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. J. Jesús Reyna García
Director del Periódico Oficial
Lic. Vicente Martínez Hinojosa
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 26 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Vicente Martínez Hinojosa
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
QUIROGA, MICHOACÁN
REGLAMENTO INTERIOR Y DE SERVICIOS DEL ORGANISMO OPERADOR
DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO
DE QUIROGA, MICHOACÁN
Acta de Ayuntamiento No. 57
Sesión Extraordinaria
En la ciudad de Quiroga, del Estado de Michoacán de Ocampo, siendo las 17:00
horas del día 19 de febrero de 2013 dos mil doce (sic), reunidos en las instalaciones
que ocupa la Presidencia Municipal de Quiroga, Michoacán, el C. Jaime Baltazar
Morán, Presidente Municipal y el Lic. Humberto Calderón Barriga, Síndico
Municipal y representante del Ministerio Público del lugar y los CC. Alejandro
Alfredo López Fuentes, Lic. Janin Silva Farías, C. María Guadalupe Rodríguez
Magaña, Profr. Isidro Tovar Valdovinos, Lic. Pedro Anita Ruiz, Profra. Ofelia
Pérez Romero y Francisco Javier Alanís Solís, todos ellos en su calidad de
Regidores Propietarios y el Lic. Diego Anita Gutiérrez, actuando como Secretario
del Ayuntamiento, con fundamento en la Ley Orgánica Municipal, quien procedió
a dar inicio a la presente Sesión de Ayuntamiento, bajo el siguiente:
Orden del Día
1. ...
2. ...
3. Análisis, discusión y en su caso aprobación del Reglamento Interior y de
Servicios del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
de Quiroga, Michoacán.
Acuerdos
1. Se hizo el pase de lista, encontrándose la totalidad de los integrantes del
Ayuntamiento.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Viernes 15 de Marzo del 2013. 5a. Secc.
2. Estando presentes la totalidad de los miembros del H.
Ayuntamiento, se declara que existe quórum legal y se abre
la sesión.
3. Después de haber sido analizado, discutido y de haber
realizado las adecuaciones pertinentes, es aprobado por
unanimidad el Reglamento Interior y de Servicios del
Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento de Quiroga, Michoacán.
Se da por terminada la presente acta, siendo las 18:00 horas
del día de su fecha, firmando para su constancia y
justificación legal quienes en ella intervinieron. Doy Fe.
C. Jaime Baltazar Morán, Presidente Municipal.- Lic.
Humberto Calderón Barriga, Síndico Municipal.- Lic. Diego
Anita Gutiérrez, Secretario del Ayuntamiento. (Firmados)
REGIDORES
C. Alejandro Alfredo López Fuentes.- Lic. Janin Silva Farias.-
C. María Guadalupe Rodríguez Magaña.- Profr. Isidro Tovar
Valdovinos.- Lic. Pedro Anita Ruiz.- Profra. Ofelia Pérez
Romero.- C. Francisco Javier Alanís Solís. (Firmados)
C E R T I F I C A C I Ó N
El C. Diego Anita Gutiérrez, Secretario del H. Ayuntamiento
Constitucional de Quiroga, Mich., HAGO CONSTAR y
CERTIFICO que el presente documento es copia fiel del
original que tuve a la vista y cotejé en todos sus datos, con
facultades que me confiere la Ley Orgánica Municipal, Art.
53, Fracc. VIII.
Quiroga, Mich., a 28 del mes de febrero del año 2013.
(Firmado) ____________
DE CONFORMIDAD CON LAS BASES NORMATIVAS
ESTABLECIDAS POR EL H. CONGRESO DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO, Y EN EJERCICIO DE
SUS FACULTADES, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE QUIROGA, HA TENIDO A BIEN
EXPEDIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO INTERIOR Y
DE SERVICIOS DEL ORGANISMO OPERADOR DE
AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y
SANEAMIENTO DE QUIROGA, MICHOACÁN.
TÍTULO PRIMERO
GENERALIDADES
CAPÍTULO I
DE LA CONSTITUCIÓN Y FINES DEL ORGANISMO
Artículo 1º.- Por acuerdo de Cabildo del H.
Ayuntamiento, con fundamento y apoyo en los artículos
101 de la Ley Orgánica Municipal y 43 de la Ley del Agua y
Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de
Ocampo, se creó el Organismo Operador de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Quiroga en
sesión celebrada el día 24 de Octubre de 2012 y publicado
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Michoacán, el día 15 de Noviembre de 2012.
Artículo 2º.- Este Organismo podrá celebrar toda clase de
actos, para el cumplimiento de sus funciones y logro de sus
fines, comprometerse y obligarse, adquirir bienes y derechos
en los términos de este Reglamento y demás disposiciones
vigentes.
Artículo 3º.- El Organismo, enmarca sus acciones dentro
del Plan Estatal de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento y no tiene carácter lucrativo, siendo sus
objetivos de servicio público y beneficio social colectivo.
Los objetivos principales son los siguientes:
I. Establecer y ejecutar los proyectos, planes y
programas necesarios para la operación,
rehabilitación, organización, administración y
mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento;
II. Ejecutar por si o a través de terceros, los estudios,
proyectos y obras necesarios para la adecuada
operación de los Sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento;
III. Apoyar técnica y administrativamente a los sistemas
rurales o comunales que se constituyan en el
Municipio;
IV.Coadyuvar con las autoridades y organismos del
sector público y privado, en toda acción que tienda
al saneamiento de los sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento que funcionen en el
Municipio;
V. Prevenir y combatir la contaminación de los Sistemas
de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento;
VI. Recibir, operar, administrar y conservar los sistemas
de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento que
le sean transferidos por el Gobierno Estatal,
Municipal y cualquier otra entidad oficial, cuando
estas donaciones repercutan en un gasto para la
administración, deberán ser autorizadas por el H.
Ayuntamiento;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR