Periódico Oficial del Estado de Baja California del 18 de Enero de 2013

.José Guadalupe Osuna Millán
Gobemador del Estado
Raúl Leggs Vázquez
Director
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la Dirección General de Correos el25 de Marzo de 1958.
Las Leyes y demás disposiciones obligan por el solo hecho
de publicarse en este periódico.
ORGANISMOS DESCENTRAUZADOS ESTATALES
COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ENSENADA
CONVOCATORIA PÚBUCA
REGIONA".No>~;Z
p"ra;Ja
Uc;itación No. CESPE-2013-SER-02 ... 3
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FONDO DE GARANTIAS
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FONDO DE FOMENTQAGROPECUARIO DEL
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PRESUPUESTO
DEEGRESOS
PARA EL EJERClCiOFIScAl:'DE
2013",;'l:
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INSTITUTO DELAi'lINFRAESTRUCTtíRAJ'tSIcA1!lDUCA'ttVADEISAJA CAIill'OlfNIA
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PRESUPUESTO DE EGRESOSPARA'EL EJERCICIO£lSCAL
DE2013h"ú .•
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Ley4G$álud~b!iC;a
jfiira el Estado
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Decreto 190,
porel qUésejjéfO~.".su
vez,d",ersos
l"d:fCÜ.k>s
d!,la
Ley de la Com'Slon de
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18
..,6~" .;~):'~:::~;:,,-.',
-.,::!::;:::;:;:!::;~.,;:~:'y.•
mediante el cual se
ap::Ul;;~~;\~'~orma
a ias
fracciones IX, X
Y la
adición
de una fracción XI al artículo 18
de la Ley de
Protección al Ambiente para el Estado de Baja
ca
Iifomia
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Página 2
GOBIERNO MUNICIPAL
PERIÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
H. XXAYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE MEXICALI. B.C.
ACUERDO mediante el cualse autoriza al Instituto parael DesarrolloInmobiliario y de laVivienda para
el Estado de Baja California (INDIVI) para llevar a cabo la acción de Urbanización denominado
AMPLIACIÓN VALLE NU EVO••••••••••••••••••••.•••••••••••••••••••.••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••24
H. XX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DEruUANA, B.C.
ACUERDO DE CABILDO mediante el cual se autoriza la desincorporación
y
baja de 49
vehículos Oficialesdel dominio público propiedaddel mismo•••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••..••••••••••36
ACUERDO DE CABILDO mediante el cual se autoriza la Concesiónde la vía pública para la
Instalación, Permanencia
y
Mantenimiento de 86 Buzonesde Mobiliario Urbanotipo BuzonesPostales
PúblicosconAnuncios PublicitariosdenominadosMUPIBUZONES••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••40
ACUERDO DE CABILDO mediante el cual se autoriza la creación del organismo Municipal para la
Operacióndel Sistemade TransporteMasivoUrbano de Pasajerosde Tijuana, Baja California•••••••••••••46
H. XX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DEENSENADA, B.C.
ACUERDO DE CABILDO mediante el cual se aprueba la creación del Comité de Festejos de
Ensenada, Baja California,
y
su Reglamento •••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••..•••••••••••61
CONVOCATORIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA dirigida al público en general,
relativo a 783 vehículos depositados en GRUAS AVANTI en la ciudad de Ensenada, Baja
California •.•....•.•••••••••••••••••••••..•..•••••.•••••••••..•..•••••••••••••••••••....•.•..••••••.•••.•.•.••..•.••••••••••... 81
REGLAMENTO DEL COMITÉ CIUDADANO DE SEGURIDAD PÚBLICA ••••••••••••••••••.•••••••••••••••82
EMPRESASPARTICULARES
CREDIMEXICO. S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN (Ira. Publicación) ••••••••••••••.•••••••••••••••••••••••••••••••••••••••94
ENVIROCON TRANSPORTATION DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.
POSICIÓN FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012
(3ra. Publicación) •.•••••••••••.••••••••••••••••••••••••••••••.•••••••••••.••••••••.•••••••••••••••••••••••••••••••.•.•••••95
SERVICIOS CORPORATIVOSCALFUEN, S.A. DEC.V.
ESTADO DEPOSICION FINANCIERA AL 31 DE OCTUBREDE 2012 (3ra. Publicación) ••••••••••96
IN
¡JI' \'111'1"'.
de 2013.
PEHlónICO OFICIAL
GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
COMISION ESTATAL DE SERVICIOS PUBUCOS DE ENSENADA
Página 3
En observancia a la Constitución Política del Estado de Baja Califomia en su articulo 100 Yde oonfannidad oon lo establecido en los articulas 1,
3,4,6, 20, 21 fracción 1, 2224,26,27, 28, Y demés relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja
Cal~omia, la Comisión Estatal de Servicios Públioos de Ensenada, oonvoca a la LicitaciÓn Pública Regional a los interesados que estén en
posibilidad de presentar ofertas selladas en idioma espafiol, para llevar a cabo por oontrato basado en precios fijos y tiempo detenninado, la
prestación del servicio que a oontinuación se describe, previo cumplimiento de los ténninos establecidos en la siguiente:
Convocatoria Pública Regional NO.02
Número de Licitación
02
Deseri ión General
Contratación de Servicios de S uridad Privada ara la Comisi6n Estatal de Servicios Públioos de Ensenada
Número de Concurso Fecba VIsita Junta de Presentación de Apertura Fallo
psra solicitar a
188
Aclaraciones Propoalclones Eoonómlca Adjudicación
188
baaes Instalaciones
Y
A•••
rtura Técnica
CESPE-BC.2013-SER-02 Del 18 al 23 de 23-01-2013 25-01-2013 01-02-2013 05-02-2013 06-02-2013
enero de 2013 09:00Hrs. 12:00Hrs. 11:00 Hrs. 10:00Hrs. 10:00Hrs.
15:00 Hrs
Partida
1
Descripción
Contratación de Servicios de Se uridad Privada ara la Comisión Estatal de Servicios Públioos de Ensenada
Únicamente podrén participar empresas regionales. Los licitantes que estén interesados podrén obtener infannación adicional al oomeo
eduardo.rubio@cesoe.gob.mx, asi oomo revisar las bases en las oficinas del departamento de Compras de C.E.S.P.E., ubicadas en Avenida
Club Aelivo 20-30 esquina con Calle San Bo~a Sin número, Colonia Josefa Ortlz de Oominguez, C.P. 22890, Ensenada, B.C., teléfano 176-21-
85, 176-21-86, Fax 172-46-75, en dias hébiles de Lunes a Viemes de 8:00 a 15:00 horas.
Los licitantes eiegibles podrén solicitar su inscripción en fanna gratuita en el lugar, horarios y fechas mencionadas. La proposición no podré ser
presentada a través de medios electr6nioos, ninguna de las oondiciones oontenidas en las bases de licitaci6n, asi oomo en las proposiciones
presentadas por los licitantes podrén ser negociadas, cualquier oondición o ténnino propuesto por los licitantes que varie en cualquier fonna las
oondiciones impuestas o requeridas por la oonvocante, se tendrén por no puestas.
La junta de aclaraciones asi oomo las aperturas de propuestas técnica, eoonómica y fallo, se lIevarén a cabo en la fechas y horas indicadas, en
la sala de juntas de las oficinas centrales del Organismo, sllas en Avenida Gastélum #750, Zona Centro, de la Ciudad de Ensenada, B.C., A las
personas interesadas en la visita a las instalaciones donde se prestarén los servicios, deberén presentarse en la ubicación antes mencionada,
en el departamento de Servicios Generales, oon el C. Javier Contreras Sauceda en la fecha indicada.
La oontratación seré a precio fijo
y
la moneda en que deberén ootizarse las proposiciones seré en pesos mexicanos.
No se otorgaré anticipo.
No podrán participar en esta licitación las personas o empresas que se encuentren en los supuestos dei articulo 49 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja Califomia.
Las condiciones de pago serén contra la presentación de las faeluras para su revisión y pago en oficinas del Organismo sitas en Avenida
Gastélum #750, zona centro, de la Ciudad de Ensenada, B.C., de acuerdo con los plazos establecidos en el contrato, las cuales se pagarén en
un plazo no mayor a 15 dias hébiles.
El origen de los fondos para la prestación del servicio es con recursos propios del Organismo.
El Organismo oon base en el análisis comparativo de las propuestas admitidas fonnularé el dielamen que servirá oomo fundamento para el fallo
mediante el cual, en su caso, adjudicará el contrato al licllante que, de entre los proponentes reúna las condiciones necesarias, garantice
satisfaeloriamente el cumplimiento del contrato y haya presentado la oferta ev-ª!!'ada (solvente) més baja en los ténninos definidos en las bases
de la licllación. ..'
Las proposiciones que se presenten deberán ser finnadas autó amente ~r los interesados o sus apoderados.
Los participantes deberén demostrar un capital oontable de
V,
veinte por 'ento del monto total de ia oferta de cada licitante, la comprobación
se realizará oon la última declaración ante la Secretaria Hacienda y C dito Público y a opción del licitante, mediante estados financieros
auditados, solo para este efeelo. . \
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',,---- \ Ensenada, B.C. 18 de enero de 2013
.
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ING. JOSÉ ALFREDO SAlAZAR JUAREZ
DIRECTOR GENERAL
Página 4
PERiÓDICO OFICIAL
18 de ~nero de 2013.
~
RAMO' 69 FOGABAC
PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2013
RAMO, CAPíTULO, CONCEPTO Y PARTIDAS
FONDO DE GARANTlAS COMPLEMENTARIAS
y
CREDlTOS PUENTE
CONCEPTO
CONCEPTO PARTIDA DENOMINACiÓN PRESUPUESTO 2013
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
LUI0S ST CONTRATO
REMlINERACIONES ADlCIONAl.ES y ESPEClAl.ES
1.079.llaS
UUU
PVCONTAATO
ISZll.J AGUINALDO CONTRATO
unos
COIolPENSM:IONES CONTRATO
,-
SEGURIDAD SOCIAL
-
IU101 AP SERVICIO MEDICO CONTRATO
I_T_
15nOl INDEMNIZACIONES CONTRATO
1SOOOOT_
,-
PREVISIONES
16nOJ RESERVA PARA INCREMENTO EN PERCEPCIONES CONTRATO
TOTAL CAPíTULO 100000 SERVICIOS PERSONALES
26\,U2
, ,J06,560
la2,Oa.
102.08-4
- -
136.280
2,'92.03)
30,000
~O,OOO
55,005
114,000
234,540
314.4«1
10,OO!
32,352
____ JJ,ooa
',~
2,500
-_.
SERVICIOS BASlCOS
J15OO1 SERVICIOS DE TELEFONfA CElULAR
SERVlaos DE ARRENDAMIENTO
JUOOI ARRENDAMIENTO DE loIOBlUAAIO y EOUIPO DE AOMlN15TRACJÓN, EDUCACIONAi.. RECREATIVO yDE B!ENES I
SERVICIOS PROfESIONALES •.CIENl1F1COS, TECNICOS y OTROS SERVICIOS
lllOll1 SERVICIOS LEGALES VASESORIAs EN MATERIA JURIDlCA. ECONOMICA
y
CONTABLE
JMJllI SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
JJl5IXJ2 SERVICIOS DE IMPRESION
_~ OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, ClEHT1FtcOS yTÉCNICOS
~ ~_ !ER\llCIOS FINANCIEROS, 8ANCARlOS V COMERCIALES
MATERIALES DE ADMlN1STRACI6N, EMISl6N DE DOCUMENTOS YART1cULOS OFICIALES
211llO1 MATERIALES, útiLES y EOUlPOS MENORES DE OFICINA
llZllOl MATERIALES Y UTILES DE IMPRESiÓN Y REPRODUCCIÓN
215001 MATERIAL IMPRESO y DE APOYO INFORMAnVO
U6OCI1 MATERIAL DE UMPIEZA
AUMENTOS YII1'EP(SIUOS
211006 AAT1cULOS DE CAFETERlA
UOOOOO COMBUSnBLES, l.UBRlCA~ y ADITIVOS
251l'lOl COMBUSTIBLES
TOTAL CAPiTULO 200000 DE MATERIALES Y SUMINISTROS
,-
J41001 lNTERESES, COMISIONES v SERVICIOS BANCARIOS 1,399,600
J4SOO1 SEGUROS DE BIENES PATRlloIONIALES
SERVlaos DE INSTALACiÓN, REPARACIÓN. MANTENIMIENTO V CONSERVACiÓN
70,000
S51CONS.Y MNTO. MENOR DE EDIFICIOS Yl.OCALES 3,334
______ .~1_!!1 _
INST~~N, REPARACIÓN V MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO V ~~,?~AOMI~SlRACION __ _ __ ._
JS-3lIOl INSTAlACiÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CóMPUTO '{TECNOLOOfAS DE LA INFORMACIO
----._----
_._-
--._---
------------_._-----------_
...
_------~- ----
--
5.000
5,000
l55OO1 REPARACiÓN V MANTENIMIENTO DE EOUIPO OE TRANSPORTE
SERVlaoS DE TRASLADO YVlAncos
----
___ ._~ VlÁTICOSEN ELPAiS
J7SOO1 HOSPEDAJE EN EL PAls
ll'tOOl PEAlES
~ OTROS SERVICIOS GENERALES
S9aOlll IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES Al TRABAJO PERSONAL
TOTAL CAPiTULO 300000 SERVICIOS GENERALES
I
1_11
CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PRIVADO Co.", FINES DE GESTIQN OE LIQUIDEZ
TOTAL CAPITULO 7(J()OOOINVERSIONES ANANCIERAS
y
OTRAS PROVISIONES
~4,700
14,370
69,5:16
2,0'3.148
&1.999.996
U,'99,9H
ADEUDOS DE EJERCICIOS~~'~ '~,,\'Rl0RES (ADEFAS)
--
---_
..
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~----_
..
__
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--
"I
100,000,01)(
100,000,000
170,369,577
I
/
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/ /'.JI. ,,/
( c¡meos
j;IlIlf'QUNm.
vA.'tÓ •••••••S
~ ... c._.
TOTAL CAPiTULO 900000 DEUDA PUBLICA
TOTAL GENERAL
18 de enero de
201.1. PERIÓIlICO OFICIAL Página 5
~ PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2013
~ PUBLlCACION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR RAMO, CAPiTULO, CONCEPTO Y PARTIDAS
FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
CONCEPTO
DENOMINACiÓN PRESUPUESTO 2012
'-"ATERlALES DE AOMlNlSnlACION, EM1SI~N DE ~.~oNTOS Y ARTlcULOS OFICIALES
111001
MATERIALES. ÚTILES y EQUIPOS MENORES DE OFICINA
noooo
lD•• 1
AliMENTOS Y UTENSILIOS
ARTlcULOS DE CAFETERIA
... 0__ __ . .
-75,iool
~---
--,
75,200
1
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:l.S2,ooo!
. :-:',' ~"I.2DO
COMBusnBlES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
o_l~;~r
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_-_._----_._----
120000 ' •••• 1
160000 TOI.I
JiOOOO 1•••
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AL CAPiTULO 300000
SERVlCIOS'GENERALf.S
SERVICIOS ot; ARRENDAMIENTO
'2~1! ARRENDAMle~O DE.MOBILIARIO
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e..Q~~~!?E ,o,oIolINIST~~~. EDUCA,C~~~_ RECREATIVO Y DE BIENES .!:"F~R.~T~l?S _.
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T"",I
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lJ(l(l(l(llOl"
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_T"",'
~
,
l50000'otal
-
SERVICIOS PROFESIOWILES, CIENTIFICOS. T£CNICOS y OTROS SERVICIOS
n_.
OTROS SER'{lCIOS PROFESIONAlES, CIENTIFICOS y T£CNICOS
SERVICIOS FINANCIEROS. BANCARIOS
Y
COMERCIALES
.SoII~I;
~NT~~!'=~S,~I=~N~~ Y~'!..~C:~B~~.~?S
_0-11
_.,:;EGU~_~E RE~~~I~_~~T_R~~'?,!:I~ yFIANLAS
.•~E~V~l?'?:..£!' IN$TAtACfON, REP~10, MANTENIM..!!'NTO~~~!,!':ACIÓN
._'5_11
R':P.~ACION_,!, ~E_~I~I~~O O_E_
~?y~':'O
Ol: TRANSPORTE
SERVICIOS DE COMUNIC#.CIÓN SOCIAL y PUBLICIO.o.o
"1001,
SERVICIOS DE DIFUSION INSTITUCIONAL
.. _l ..
~,~1_3_~92;
ull,.t21
_350,000;
53,135-
.1l.1l51
J
I~OOO!
1to,QQO~
732,000 :
732,000:
Z,71•
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SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
~'~~I! ~':l~~DIOS~ ~O
UQOODT""I
TOTAL CA¡'¡'¡'~UlO -400000 TRANSFERENCIAS, 'ASJGNACFONES,.SUBSlDIOS
y
OTRAS AYUDAS
311.576,001
311,576,061!
311,1578,l111
OBRA PúBLICA EN BIENES CE DOMINIO PÚBLICO
UlOQQ1.
OBRAS PARA ELABASTECIMIENTO DE AGUA Y ELECTRICIDAD EN BrENES CE DOMINIO PÚBUCQ-APORTACtO~-ft:DERAl
UlOQQl
OBRAS PARA El ABASTECIMIENTO DE AGUA Y ELECTRICIDAD EN BIENES DE OQt,IIMO PÚBLICO-APOR ION ESTATAL
ólOOClQ'oul
TaT fIl.
CAPITUla
600000 DE INYERSION EN OBRA PÚBLICA
101,860,000
12,129,985
113,989,9~
1n.ln.1M
TOTAL GENERAl "28,655,873
P:ígina 6 PERiÓDICO OFICIAL
I
ti
dt,
t'nt'ru
de 2013.
PRESUPUESTO
DE'EGRESOS
EJERCICIO FISCAL 2013
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FíSICA EDUCATIVA DE BAJA CALIFORNIA
INIFE.BC
2.691.230,
2,891.=:]
249.996 '
=-=~l~,i~":
]~Q,~~l
__60.O!XI,
~ 996]
32.58(;:
967.518:
PRESUPUESTO zon
MATERIALES
Y
AATICULOS OE CONSTRUCCiÓN
Y
DE REPARACION
CEMENTO
y
PRODUCTOS DE CONCRETO
MATERIAL ELÉCTRICO
ARTlculOS METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCION
OTROS MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRlJCClON Y REPARACION
SERVICIOS DE ARRS""DAMIENTO
322OO1! ARRENDAMIEf',::rO~ DE _E~_lI:!fiof5'..!:.~~L_Ei~:-='--="--=--_ _ . __ _ __ _.
lHOOl
i
ARRENDA,'lIEIHO ~!,:~~BI~!A_RIO y E~PO pE •••.PMINIST~-:-~iÉ!.¡, I:D~ •••t::.!9t'!.AL RE_CRE~TI"? y DE BIENE_S ItoFCR:J"
VESTUARIO. BlANCOS, PRENDAS DE PROTE=ION Y ARTlcULOS DEPORTIVOS
213.!!O_D::: ~OPA DE PROTECCION PERSONAL
242001
24600~
247D01
_ 2UD011
noooo
l60000 To••
1
55.1201
I
1.998
2,.96
1
4,998.
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1,9981
1------11,mj
250000 PRODUCTOS aUrMICOS, FARMACÉUTICOS
y
DE LABORl\TORIO
I
1
L ~
=
is'iooij
MEDICINAS
y
PRODUCTOS FARMACIOoUTICOS
I
1.99BI
2S0ooo Total
I ---1.9981
UOOOlI ~ _ • COMBUSTIBLES. LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
!
1
[
2610011 COMBU"',,'C""C,E,'
-L--_~,8001
---=--==-~~¿iOOz --- LÚBRICANTES Y ADITIVOS
...l--
11,430
I1.260.230]
-+1 ''',:
1-,gg~1
290000 HERRAMIENTAS, REFACCIOi'-'ES Y ACCEmRIOS MENORES
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I
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~~~:~:IOS-.-E-N-O-R-E-'-D-E-E-D-'-"-C-'o-s--------------------1 -_-~ ~~
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39~1 :~j:i!=~:."'_~~s
y
ACCESC2RIOS MENORES DE MOa.
y
Ea. DE ADMINISTRACION
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1.99~
_ _ 294001[ ~~F_~CCION!=S Y ACCESORIOS MENORES DE EC._
ue
";UM?UTO
Y
TECNOLOGIAS DE
LA
INFORMACION
f--
30,£oq,'
•• 2~1 REFACC10NES Y ACCESORIOS MENORES DE EOUIPO DE TRANSPORTE 75.oo0J
115,996!
1. -
llllODOTOl.1
12(1000
24ססoo Total
2100DOTolal
29ססoo Total
, 1.
TOTAl CAPiTULO 200000 DE MATERIALES Y SUMINISTROS
,
- --------- --
---------------------------,---
------
_~I~f"RVI~O~-~Si~C~6--So _
111~1 _. SE~VICIl2.D!= EN_E_R_G_~__EcE__ C_"'''_A_ _ ~ ~ __
L_ __ "
lUD01 SERVICIO DE AGU ••••POTABLE
n4CKl1i --SER.VICIO"TELEFOÑICO í-iu'-6iCiOÑAL--- -----------" ---- - ---
31SOO1[ SERVICIOS
DE
T2LEFO:-.llACELUlAR -------- ---- -
nl001 SERVICIO DE ACCESOA iÑTERNET :REi;iES YPROCESAMIEÑio-
cE:
fflFORMACIOÑ--- -- - ---
UR001! SERVICIO PEST A~~~ELIO:G~~c::
i
~~NsAJERiA __
=--==-=~====-
,,-
REMUNe.RACIONES
AL
PERSONAL DE CARAcTER TRANSITORIO
1
1~111111 HONORARIOS ASIMIlABLES A SAlARIOS
"
-1221113 STCONTRATO .,825.859!
12Dl1ODTo•• 1 .,!l25.
1lS9
1
,,-
---
131112 ~¿o~~~~~S ADICIONALES
y
ESPECIALES
[
23-(,967
I~H13 PACONTRATO 339,990
132112 AGUINALDO CONFIANZA
1.
887 .• '0
132123 AGUINALDO CONTRATO
1.
~:~~~:;~
I
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COMPENSACIONES CONFIANZA
COMPENSACIONES CONTRATO 3,411,.00
13DllODTo••
1
9,801,400
"-r
SEGURIOAD SOCIAL
1411112
loP
SERVICIO MÉDICO CONFIANZA
1.
820,809
141!~3 AP SERVICIO MÉDICO CONTRATO 722,316
1441112 SEGURO DE VIDA CONFIANZA
1.
80.730
1.•.••103 SEGURO OE VlOA CONTRTO 100,J03
I~TotlIl 1,1114,158
I
OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
Y
ECONOMICAS
1.
1S2102 INDEMNIZACIONES CONFIANZA
1.
o
1.S2101 INDEMNIZACIONES CONTRATO
o
F
1~102 CB CONFIANZA 88,751
IS4101 CB CONTRATO 194,.41
154112 BT CONFIANZA
,
58.206
1~113 BTCOrfiRATO 121,642
150000 To"l 463,056
,,-
PREVISIONES
E
161101 RESERVA PARA INCREMETNO EN PERCEPCIONES B ••••SE
1.
161102 RESERV ••••PARA INCREMENTO
EN
PERCEPCIONES CONFI ••••NZA
o
160000Ta •••1
,
TOTAL CAPiTULO 1ססoo0 SERVICIOS PERSONALES 19,685,103
1__- _
1.
,,-
MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION OE DOCUMENTOS Y ARTlcULOS OFICIALES
211001 MATERIALES. ÚTILES
y
EQUIPOS MENORES
DE
OFICINA
189,.60
212001 MATERIALES
Y
UTlLES DE IMPRESION
y
REPRODUCCION 20.0001
21.cxJ! MATERiALES. ÚTll.E.S
y
EQ, MENORES DE TECNOlOOIA DE LA INFQRMACION
y
COMUNICACIONES 127.~
215001 MATERIAL IMPRESO
Y
DE APOYO INFORMATIVO 12,200
216001 MATERIAL DE UMPIEZA 12,000
,-,
MATERIAL PARA CREDENZIALIZACION
.,(100
Z1l1DOOTaUlI 385,580
,,-
ALIMENTOS
Y
UTENSIUOS
I
221004 ALIMENTACION DE PERSONAL 23,600
2Z10D5 AGUA
Y
HIELO PARA CONSUMO HUMANO 8,004
1
221006 ARTlcuLOS DECAFETERrA 23.516,
IN de enero de 2013. PERiÓDICO OFICIAL Página 7
PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2013
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FíSICA EDUCATIVA DE BAJA CALIFORNIA
INIFE-BC
OENOMINACIÓN PRESUPUESTO 2013
nOOOOToUI
,,~
33ooooTotal
"""""
350000 Total
"""
J70000TDUI
"""'"
3!Ol1OOTauI
,-
39OOOl1Total
SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTíFICOS, rtCNICOS y OTROS SERVICIOS
H_lOO!_ -- SERvicIOS- YASESORlAS EÑ MATERIA DE INGENIERIA, AAQUITECTlJRA y' DISEÑO
BJOOl. sERVicIOS DE CONSU-LTOR¡;¡¡;-ENTE6.iOLOOIAS
DE LA
INFORMACIÓN
334001 SERviclOSDECAPACITAéi6N"- . .---. - -.- .
n~2. SERVlCiosDE IMPRESI6N~-
3.!.~. OTROS SER\liCiOS
DE
APOYO .••i:lIil¡:'USTRAT'iVo
3Jl1oo1 ~
~B_\{!~IODE
VIGIlANCIA y MO~rToRE2:: _. '_.
__~RVICIOS FI~1~~~-,--~IOS y~MER~IA~S
3_.~~1: INTERESES, COMISIONES Y SERVICIOS BANCARIOS
~1 l. .~GUR~S: 9_ER!,-~':'º~~~UDAD P~~MON'IA~ ~}I~S
SERVICIOS DE INSTALACiÓN. REPARACIÓN, MANTENIMIENTO '( CONSERVACIÓN
15100;,
r
CONS.Y MNTO. MENOR DE EDIFICIOS Y lOCALES ~._-
i51001: -- INSTALACION:REPAAACION
Y
MANTENI-MIENTO
DE
-MOBiLIARIO y EQUIPO DE ADMINISTRACI6N
. 35i¡¡¡iJ;-----;-NSTALACI6N, REPARACiÓN '( MANTeNIMIENTO DE
i:oüiPODE
C6MPUTO y TECNOlOGIAS DE LAINFÓRMACIÓÑ
iSsOOJ;- REPARACiÓN '( MAÑTENlt~lIENTOD€ EO-UIPOOE TRANS'PORTE - . ~_. -
]~- INSTALACIÓÑ, REPARACiÓN
Y
MANTEÑiMiENTO DE SISTEMAS
DE
AIRE'ACOÑÓléioNADO. CAl.eFAC-C-16N'y DE REFRIGI-
357001r -INSTALAClóN,REPARAClóN y MANTENIMIENTci DE ¡'¡ERAAMlENTAS
Y
MÁ6úiNAS HERRAMIEÑTAS . .
3""siOO1rSERViCiOSDELlMPru -- . - -... - .
-35~..!1 SERVICIO ~ ~:~I~~IC?N __
SERVICIOS DE TRAStADa '(VIÁncos
moc"i:p~A!;~-- - - --
1720111~.~ PASAJES TERRESTRES'
J7S00i;
-'Vi.GlCOSEÚEL PAIS'
31SOOz! HOSPEDAJE EN EL PAls
._-31~.2i~_
P_EP'É..S _: .---- --- -
SERVICIOS OFIClA1.ES
J82Oll1:- - 'GASTOS DE OROEN SOCIAL Y'CÜl TUfW.
JlI300i~- .
~~GR~~~Y
.C-Ó~VENCIONES
.OTROS ~!O_R_\:,ICI,?~~E~~ES
39100~,
1~~~!2.~
Y ~~~CH_OS
~~. ':'.E~AS, N!Ul TA~~c:£.e_s9~.IOS y ACTUALIZACIONES (amphaeiórl aulomalic:.a)
398001 IMPUESTO SOBRE REMUNERACIOf'./ES Al TRABAJO PERSONAL
~~~9OQ..
156,96~.
1:~~,066
1~OO:
__ 66,000
l'p~,~~
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!~-ºº-Q.
~!~1~,2!9'
35~:
125~~_
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10.000.
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3,-00'p_
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24,1.QO_
7,236
99,.90
36,820
32,054
200,300.
.9,698
o
49,6911
:)<12.000
112.550
404,585
859,145
TOTAL CAPíTULO 300000 SERVICIOS GENERALES
990000 AJ::!El¿J?~E EJERCICIOS FISCALES ANTE
9-91001 ADEFAS
o
,
5,395,389
26.893,511-4
UEDAGÓMEZ
TOTAL CAPiTULO 900000 DEUOA PÚBLICA
99OllOOTatal
TOTAL GENERAL
Gobierno del Estado de Baja California
Junta de Urbanización del Estado de Baja California
Convocatoria Pública NO.2013/01
La Junta de Urbanización del Estado de Baja California en observancia a la Constitución Politica del Estado de Baja California en su articulo 100, y de
conformidad a lo dispuesto en el articulo 37 de la Ley de Obras Públicas. Equipamientos. Suministros y Servicios Relacionados con la misma del Estado de Baja
California
y
su Reglamento, convoca a las personas físicas o morales mexicanas, que estén en posibilidades de participar en la licitación para la adjudicación del
contrato a base de precios unitarios
y
tiempo determinado para la ejecución de las obras que a continuación se describen:
Fecha limite Capital
Número de de entrega Visita de Junta de Presentación Fecha estimada contable
licitación Descripción d. Obra aclaraciones y apertura de de Inicio y mlnlmo
documentos propueatas terminación de requerido
para calificar los trabajos
08 de Febrero
RECICLADO ASFAL TICO EN 21 de Enero 22 de Enero 22 de Enero 30 de Enero del 2013 al 08
TJ-JUEBC-13-02 VARIAS COLONIAS DEL del 2013 del 2013 del 2013 del 2013 de Julio del 2013
$
3.500,000,00
MUNICIPIO DE TIJUANA RC. 9:00 Hrs. 12:00 Hrs. 11:00 Hrs. (150 dias
naturales1
- Oficio de Autorización número No: 33 de fecha 04 de Enero del 2013 emitido por la Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado para la licitación
TJ - JUE8C -13 - 02.
La presente convocatoria se realizara con plazo recortado según lo dispuesto en el articulo 41 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y
Servicios Relacionado, con la misma del Estado de Baja California
Se otorgara un anticipo del 30% del monto contratado o asignado para las licitaciones.
El licitante podrá subcontraté r partes de la obra siempre y cuando se cuente con la autorización de la JUEBC por escrito.
La visita al sitio de realización de los trabajos se llevará a cabo el dla y hora que se seMlan en la columna correspondiente, partiendo de las oficinas centrales de
la Junta de Urbanización del Estado de Baja California, (JUEBC) ubicada en en Av. Paseo del Centenario nO.10310, Edificio Cazzar, 6to. Piso, Zona Rlo,
Ti)uana, B.C. en dicho lugar se llevará a cabo también la junta de aclaraciones y la apertura de propuestas en el dla y hora que se mencionan en el recuadro,
para cualquier duda o aclaración favor de comunicarse al tel: (686) 551 9474 exl. 116 y 125 o al correo electrónico: eloo@baja.gob.mx
Criterios generales con;orme a los cuales se adjudicará el contrato:
Se adJudicará el contrato al proponente que haya presentado la proposición que reúna y cumpla con los siguientes requisitos:
1. Que cumpla con los documentos de licitación solicitados previo análisis de su propuesta.
2. Que subsista a la fecha de la adjudicación, la capacidad técnica, económica y legal mlnima requerida para obtener su calificación.
3. Que el programa de ejecución sea factible de realizar con los recursos considerados por el contratista en el plazo solicitado.
4 Que haya congruencia entre el programa de ejecución y los programas de utilización de maquinaria y equipo de construcción, adquisición de los materiales
preponderantes
y
equipos de instalación permanente.
5. Que la utilización del personal técnico, administrativo y de servicios encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos sea congruente con el
costo indirecto de administración de obra propuesto.
6 Que la propuesta resulte solvente, sea remunerativa en su conjunto y en sus partes y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones
respectivas.
7. SI resultare que dos o mas proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se
adjudicará a quien presente la proposición solvente cuyo precio sea el mas bajo.
Calificación.
De interesarse a participar en las licitaciones, deberá de pasar a la ofiCina central de la Junta de Urbanización del Estado de Baja California, (JUEBC) ubicada
en Av. Alvaro Obregón no. 875, Zona Centro, en Mexicall, B.C., dentro del siguiente horario; de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas, a efecto de solicitar su
calificación a d,cl,a licitación, para lo cual el perlado comprendido para la calificación es a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el dia indicado
como fecha limite de entrega de documentos para calificar en la misma,
y
deberá presentar los documentos que a continuación se señalan
x
:::.
o
x
c.
'-
'"
~
1 Solicitud por escrito de su inscripción a la licitación, firmado por el representante legal de la empresa.
2 Contar con el Registro actualizado en el Padrón de Contratistas o Proveedores que el Gobierno del Estado emite a través de la Secretaria de Infraestructura y
Desarrollo Urbano, en las especialidades de acuerdo a la licitación.
3 Testimonio del acta constitutiva y modificaciones, en su caso, según su naturaleza jurídica. El o los testimonios deberán ser notariales, o bien copias legibles
debidamente certificadas por un notario público. Pueden presentar original del acta constitutiva para su cotejo. El testimonio del acta constitutiva debe estar
inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. En el caso de personas f1sicas se presentará acta de nacimiento y su Registro Federal de
Contribuyentes.
4 Poder notarial que lo acrediten como el apoderado o administrador de la empresa con la facultad legal expresa para comprometerse y contratar en nombre y
representación de la misma; en caso de asociaciones, adicionalmente a los requisitos solicitados, deberán presentar el convenio de asociación correspondiente,
designando en el mismo representante común y la manera de cómo cumplirán sus obligaciones ante la Junta de Urbanización.
:) Documentación que compruebe la capacidad técnica con la experiencia en obras similares del interesado, o por la del personal técnico que en su caso, estará
encargado de la eJecución de la obra, mediante la presentación del currlculum, destacando los trabajos que tengan similitud con los de la presente licitación, así
como presentar relación de contratos de obra en vigor que tenga celebrados tanto con la Administración Pública como con particulares, senalando la descripción
de la obra, nombre del contratante, los importes contratados y por ejercer.
G Documentación que compruebe la capacidad financiera con un capital contable minimo indicado en el recuadro superior para cada obra respectivamente para lo
cual deberá de presentar su declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior o bien los estados financieros auditados firmados por un contador auditor ajeno a la
persona Interesada en participar. En el caso de que dos o más personas presenten una proposición conjuntamente, el capital contable será la suma de todas
eilas
Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos seMlados en eí artículo 58 de la Ley de Obras Públicas,
Equipamientos. Suministros y Servicios Relacionados con la misma del Estado de Baja California.
r:1
Idioma
y
moneda en el que deberán de presentar la proposición será en espal'\ol y pesos mexicanos respectivamente,
S'
La .Junta de Urbanización (JUEBC) dentro de los tres días naturales siguientes al de la recepción de los documentos senalados, resolverá si la persona se
considera como calificado, En el supuesto que no satisfaga estos requisitos, se notificará por escrito los motivos y fundamentos por los cuales no fue apto para
calificar a la licitación
El mecanismo para la calificación será:
Que las personas cumplan con la presentación de cada uno de los documentos solicitados
y
que estos contengan los elementos necesarios que acrediten su
vélllc1CZpara cualquier aclaración vía correo electrónico:
ck~í
I"r!:i j,-lJ,~
C1Clt)
[11):
y/o al teléfono (686) 551 9474 ex!. 116
y
125.
Bases de licitación:
\.111<:>
vez
que sea calificado como apto para participar en la presentación de su propuesta a la presente licitación, deberá de pasar a las oficinas centrales ubicadas
\.-'11 1-:: dOllllClllO citado en días hábiles de las 8:00 a las 16:00 horas, a efecto de obtener las bases de licitación respectivas previo pago de las mismas. Los
qlleresados podrán revisar las bases y especificaciones de la licitación previamente al pago de dicho costo, el cual será requisito para participar en la licitación.
Habiéndose satisfecho los reqUisitos anteriores y pagado el costo de:
$
2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional) en las oficinas de Recaudación
de la Junta de Urbanización del Estado de Baja California, ubicadas en Tijuana en Av. Paseo del Centenario 10310, Edlf. Cazzar, eto.piso, Zona Río, dentro del
siguiente horano de Lunes 3 Viernes de 8:00 a 15:30 horas, con cheque certificado o de caja a nombre de la Junta de Urbanización del Estado de Baja California o
en efectivo el interesado quedará inscrito
y
tendrá derecho a presentar su propuesta. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación asf como en
las proposiciones presentadas podrá ser negociada. Todo lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Obras
PllIJIICaS,
Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la misma del Estado de Baja California y demás ordenamientos legales aplicables.
Tijuana, Baja California,18 de Enero del 2013
~ftor Ge ral
'>i-'-'/
Ing, Jy";' C los R.o. s)klVa.
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(r~~
Página 10 PERiÓDICO OFICIAL
18de enero de 2013.
RAMO: 65
PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2013.
PUBUCACION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR RAMO, CAPiTULO, CONCEPTO
y
PARTIDAS
FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DE BAJA CALIFORNIA
1- ,
n .
4lOOOOTotal
4.410031 OTRAS AYUDAS
1~.490,-O_OO
14,.«10,000
13,750,0001
13,750,0001
23.700,000
23,700,000
31,450,dOOI
48,000
--43-;00'0-
4ti,bbbl
. 27,650~OOO
. 27~6"50-;-0'0(f
27,656,0061
12,000'
1,000:
30,000;
---~
350,000 :
40,000.
390,000'
60,000:
500,000
1
560,000
3,117,1531
l'
14,400
14,400~
3,000:
3,000
112,0321
10,000¡
122,032:
6,0001
50,0001
56,000
i
,95,4321
43,200'
10,000
53,200,
192,000'
192,000:
-------J
914,001:
100,0001
50,0001
60,000'
1,124,0011
379,9921
150,0001
529,992i
120,000¡
39,9601
159,960 '
65,0001
65,0001
LA ENTIDAD
GARAY LAGAReA
\.~\'l
TUlAR
AlEJ
{'RO
M
,
\
,
\
MATERIALES DE ADMINISTRACiÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTlcULOS OFICIALES
2110011 MATERIALES, ÚTILES y EQUIPOS MENORES DE OFICINA
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
261001 COMBUSTIBLES
261002 LUBRICANTES Y ADITIVOS
ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100sl AGUA y HIELO PARA CONSUMO HUMANO
HERRAMIENTAS. REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
2920011 REFACCIONESY ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS
2960011 REFACCIONES y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO QE TRANSPORTE
SERVICIOS PROFESIONALES, CIENT[FICOS, TÉCNICOS y OTROS SERVICIOS
331OOI! SERVICIOS LEGALES Y ASESORIAS EN MATERIA JURlolCA, EcONóMICA y CONTABLE
331oo2! HONORARIOS POR SERVICIOS DE AUDITaRlAS
331OO3! GASTOS POR DOCUMENTACiÓN DE SERVICIOS LEGALES
3l6OOl!
SERVICIOS DE IMPRESIóN
SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
1220011 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y LOCALES
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL y PUBLICIDAD
~lOO11 SERVICIOS DE DIFUSiÓN INSTITUCIONAL
SERVICIOS DE TRASlADO Y VlATlCOS
3710011 PASAJES AEREOS
379001I OTROS SERVICIOS POR COMISIONES EN El pAls y EN EL EXTRANJERO
379llOl1 HOSPED"-Jes y PASAJES DE INVITADOS
SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
14101:111 INTEREses, COMISIONES y SERVICIOS BANCARIOS
l4SOO11 SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES
SERVICIOS DE INSTALACiÓN. REPARACiÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACiÓN
:»5001 REPARACION y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE
3S&OOl SERVICIOS DE lIMPIEZA
OTROS SERVICIOS GENERALES
391OO11 IMPUESTOS Y DERECHOS
39«1011 SENTENCIAS Y RESOLUCIONES POR AUTORIDAD COMPETENTE
SERVICIOS OFICIALES
3MOCIl1
EXPOSICIONES
lISOO11 REUNIONES DE TRABA.IO
260000Tatal
n,,.,,
21ססooTotal
,~
"',
...
I
UOOOOTatal
'""'"
l40000 TotIl
,,-
310000Tatal
"""'"
I
I
3S01lOOTatal
""'"
31ססooTotIl
"""'"
I
3lOOOOTotIl
""'"
I
I
llOOOOTatal
,-
l80000 Tatal
,-
I
9'9ססOOTatal
TOTAl CAPITULO 900000 DEUDA PUBLICA
TOTAL GENERAL
390000TotIl
!TOTAl CAPiTULO:SOOOOOSERVICIOS GENERALES
43ססoo SUBSIDIOSY SUBVENCIONES
I
4330011 SUBSIDIOSA LA INVERSIÓN
290000TotIt
!TOTAlCAPlTULO 200000 DE MATERIAL£S Y SUMINISTROS
31ססoo SERVICIOS BÁSICOS
317001 SERVICIO DE ACCESO A INTERNET, REDES Y PROCESAMIENTO DE INFORMACiÓN
llSOO1 SERVICIO POSTAL, TEU:GRAFO y MENSAJERIA
441000Total
!TOTAL CAPiTULO 0&0ססooTRANSFERENCIAS, ASlGMACIONES, SUBSIDIOS y OTRAS AYUDAS
51ססoo MOBlUARIO y EQUL~ DE ADMINISTRACIóN
1 S1SOO11 EQUIPO De CóMPUTO y DE TECNOLOGlA DE LA INFORMACiÓN
51ססooTatal I
¡TOTAL CAPITULO 500000 DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
740000 CONCESION DE PRÉSTAMOS
I 7480011 CONCESiÓN DE PRÉST,4J,lOSAl SECTOR PFlIVADO CON F~S...Q5~ESTI6~ D~ .lIQUIDEZ
740000TotIl , I
!TOTAl CAPITULO 700G00INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES
990000 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)
9'91001 ADEFAS
18 de enero de 2013.
""'"
'~.'
PERIÓDICO OFICIAL
PODER
LEGISLAl1\IO DEL
ESTADO
DE
B.lUA CAUFORNlA
XX LEGISLATURA CONSTITUCIONAL
Comité de Adquisiciones. Arrendamientos yServidos
Página 11
En~iaillilCon I'o'fIIcclcac:ben su
..-..ttuIo100'1di!Confom-iIoe¡ab/l:dd;>por1os.nln*Jl;4 fi
Vl,6.B,
9. 10.
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JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN GOBERNADOR DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA, ANUNCIO QUE EL CONGRESO DEL ESTADO HA
DIRIGIDO AL SUSCRITO PARA SU PUBLICACiÓN, EL DECRETO
NÚMERO 394, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE:
IXde enull de 2013.
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LA H. XX LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTíCULO 27, FRACCiÓN I
DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA LOCAL, EXPIDE EL
SIGUIENTE:
DECRETO No. 394
ÚNICO.- SEAPRUEBA LA REFORMA A LA FRACCiÓN VIII Y LA ADICiÓN DE UNA FRACCiÓN
IX, Al ARTíCULO 10 DE LA lEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA El ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
ARTíCULO
10.-
El Sistema Estatal de Asistencia Social tendrá como objetivos:
I a la VII.-".
VIII.- Crear la Red Estatal de Orientación y Apoyo a Mujeres Embarazadas; con el
objeto de conjuntar, difundir y hacer accesibles los diversos apoyos, bienes y servicios de
las dependencias e instituciones públicas y privadas para proteger el estado de gestación
y,
IX.- los demás que tiendan al fomento del desarrollo integral de la familia y del
individuo.
ÚNICO.- las presentes refor as entrarán en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del E tado,
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DADO e~~ón de Sesionrs "Lic. Benito Juárez García" del H, Poder Legislativo
del Estado de BaJ' ',mia, en ,/ Ciudad de Mexicali, B
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a los veinte días del mes de
diciembre del año s oCe/
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DIP. MARCO ANTONIO VIZCARRA CALDERÓN
~ROSECRETARIO
Página 14 PERiÓDICO OFICIAL 18 de enero de 2013.
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCiÓN I DEL
ARTíCULO 49 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA DEL ESTADO, IMPRíMASE Y
PUBLíQUESE.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A LOS VEINTISEIS DíAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
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JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN
GOBERNADOR DEL ESTADO
FRANCIS ONIO GARCíA BURGOS
SEC RIO GENERAL DE GOBIERNO
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18 de ('nero de 1013.
PERIÓDICO OFICIAL Página 15
JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN GOBERNADOR DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA, ANUNCIO QUE EL CONGRESO DEL ESTADO HA
DIRIGIDO AL SUSCRITO PARA SU PUBLICACiÓN, EL DECRETO
NÚMERO 395, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE:
Página 16 PEIlIOI)ICO OFICIAL
1'"de enero de 20B.
IllIA.R
XX LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTíCULO 27, FRACCiÓN I
DE LA CONSTITUCiÓN POlÍTICA LOCAL, EXPIDE EL
SIGUIENTE:
DECRETO No. 395
ÚNICO.- Se aprueba la reforma a las fracciones XIII y XIV, asi mismo la adición de la
fracción XV al artículo 11 de la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California, para quedar
como sigue:
ARTicULO
11.- ...
I a la XII.- ...
XIII.- Ejecutar permanentemente una campaña estatal de donación altruista de sangre que
garantice su abasto al servicio de salud, en la que se deberá cuidar que la donación se rija por los
principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y factibilidad;
XIV.- Realizar las acciones que sean necesarias a fin de contar con ambulancias equipadas
para trasladar a aquellas personas que requieran atención médica de urgencia y se encuentren en
zonas marginadas. Estas ambulancias deberán de ubicarse en puntos estratégicos para una mejor
cobertura y reducción de los tiempos de traslado; y
XV.- Las demás atribuciones que se deriven de la ley General de Salud, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado, de esta Ley y demás ordenamientos aplicables.
ARTiCULO TRANSITORIO
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vigor al día siguiente de su publicación en el
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A
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ANTONIO VIZCARRA CALDERÓN
PROSECRETARIO'
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ICO.- La presente reforma entrara
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Itl de enero de 2013. PERiÓDICO OFICIAL Página 17
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCiÓN I DEL
ARTíCULO 49 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA DEL ESTADO, IMPRíMASE Y
PUBLíQUESE.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A LOS VEINTISEIS DíAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
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GOBERNADOR DEL ESTADO
NIO GARCíA BURGOS
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JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN GOBERNADOR DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA, ANUNCIO QUE EL CONGRESO DEL ESTADO HA
DIRIGIDO AL SUSCRITO PARA SU PUBLICACiÓN, EL DECRETO
NÚMERO 397, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE:
J8 de enero de 20J3.
PERIÓDICO OFICIAL
Página 19
,IlJA'R XX LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE. BAJA CALIFORNIA, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTíCULO 27, FRACCiÓN I
DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA LOCAL, EXPIDE EL
SIGUIENTE:
DECRETO No. 397
ÚNICO: SE APRUEBA LA REFORMA Al ARTíCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO
190, POR EL QUE SE REFORMAN A SU VEZ DIVERSOS ARTíCULOS DE LA lEY DE LA
COMISiÓN DE ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PUBLICADO EN El
PERiÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, SECCiÓN
1,
EN FECHA 13 DE ABRil DE 2012, para
quedar como sigue:
TRANSITORIO:
PRIMERO: ...
SEGUNDO: A partir de la entrada en vigor de las presentes reformas, el Congreso
del Estado tendrá un plazo de 30 días para nombrar un representante, que será el
Consejero que integrará el Consejo Consultivo de la CAME.
TERCERO:...
ARTíCULO TRANSITORIO
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AN~bN~~~~;~~R~A CALDERÓN
PROSECRETARIO'
Ión de Sesiones" IC. Benito Juárez García" del H. Poder legislativo
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DADO en el
del Estado de B
diciembre del año o
ÚNICO.- la presente reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación
en el Periódico O . . Baja California.
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Página 20 PERiÓDICO OFICIAL
18
de enero de 2013.
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCiÓN I DEL
ARTíCULO 49 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA DEL ESTADO, IMPRíMASE Y
PUBLíQUESE.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A LOS VEINTISEIS DíAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
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GOBERNADOR DEL ESTADO
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18 de enero de 2013. PERIÓDICO OFICIAL Página 21
JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN GOBERNADOR DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA, ANUNCIO QUE EL CONGRESO DEL ESTADO HA
DIRIGIDO AL SUSCRITO PARA SU PUBLICACiÓN, EL DECRETO
NÚMERO 398, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE:
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Página 22 PERiÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
LA H. XX LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTíCULO 27, FRACCiÓN I
DE LA CONSTITUCiÓN POlíTICA LOCAL, EXPIDE EL
SIGUIENTE:
DECRETO No. 398
ÚNICO.- SE APRUEBA LA REFORMA A LAS FRACCIONESIX, X, Y LA ADICiÓN DE UNA FRACCiÓN XI
AL ARTíCULO 18 DE LA LEY DE PROTECCiÓN AL AMBIENTE PARA EL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
ARTíCULO 18.- El Consejo, quedará integrado de la siguiente forma:
I a la VIII.- ...
IX.- El Presidente de la Comisión del Congreso del Estado responsable de la materia
ambiental,
X.- Un ciudadano por cada uno de los municipios, electos mediante procedimientos
participativos y transparentes; y
XI.- El titular del área de Protección al Ambiente de cada uno de los gobiernos
municipales.
Los puestos ocupados por los integrantes ciudadanos del Consejo serán honoríficos. Los
apoyos que sus integrantes ciudadanos deban recibir para el mejor ejercicio de sus funciones,
serán establecidos en el reglamento.
ARTíCULOTRANSITORIO
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el S ón de -Sesiones" c. Benito Juárez García" del H. Poder Legislativo del
Mexicali, B,C., a los veinte días del mes de diciembre del
ÚNICO.- El presente decreto entr á en vigor al día siguiente de su publicación en el
eriódico Oficial del Estado.
DADO
Estado de Baja C
año dos mil doce.
IS de enero de 2013.
PERIÚIlICO OFICIAL Página 23
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCiÓN I DEL
ARTíCULO 49 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA DEL ESTADO, IMPRíMASE Y
PUBLíQUESE.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A LOS VEINTISEIS DíAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
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GOBERNADOR DEL ESTADO
TONIO GARCíA BURGOS
ETARIO GENERAL DE GOBIERNO
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Página 24
I'EIUÓOICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
ARQUITECTO JaSE MANUEL HERRERA DE LEaN, Director de Administración
Urbana del XX Ayuntamiento del Municipio de Mexicali, Baja California, de conformidad
con los Artículos 12 y 135 del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de
Mexicali, Baja California, publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Baja California el día catorce de diciembre del dos mil uno y con fundamento
en los Artículos 11, 147, 148, 158, 160, 223, 227 Y demás relativos de la Ley de
Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Baja California el día veinticuatro de junio de mil
novecientos noventa y cuatro; 3, 23 Y 36 del Reglamento General de Acciones de
Urbanización para el Municipio de Mexicali, Baja California, publicado en el Periódico
Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Baja California, el día dieciséis de noviembre
del dos mil uno; 2, 29, 37, 62 Ydemás relativos del Reglamento de Fraccionamientos del
Estado de Baja California; es asistido por el Médico Veterinariá Zootecnista José Alberto
García Guerrero, Oficial Mayor del XX Ayuntamiento del Municipio de Mexicali, Baja
California, por el Ingeniero Rodrigo Orozco Carrillo, Director de Obras Públicas
Municipales y por el Ingeniero Alberto Ibarra Ojeda, Director de Servicios Públicos
Municipales, en ejercicio de las facultades delegadas a cada uno mediante Oficio de
Instrucción número OT/0131/2011 otorgado por el Presidente Municipal del XX
Ayuntamiento del Municipio de Mexicali, Baja California despachado por la Presidencia
Municipal el día tres de mayo del dos mil once, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el día 4 de abril del 2010 el Municipio de Mexicali se vio sacudido por
un terremoto de magnitud 7.2 en escala de Richter, lo cual trajo consigo innumerables
afectaciones a viviendas, carreteras, servicios básicos y comunicaciones en diversas
zonas del municipio, declarándose inmediatamente por el Ejecutivo Estatal la Situación
de Emergencia con Motivo del Fenómeno Natural Geológico en Modalidad de Sismo,
publicada el día 5 de abril del 2010 en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Baja California, con el objeto de llevar a cabo las acciones necesarias para
restablecer la normalidad en todos los rubros en las zonas afectadas de dicho municipio,
SEGUNDO.- Que para la consecución de los fines para los que fue creado el Organismo
Descentralizado Estatal, INSTITUTO PARA EL DESARROLLO INMOBILIARIO
Y
DE LA
VIVIENDA PARA EL ESTADO DE BAJA CAliFORNIA, y con la finalidad de reubicar a
las familias damnificadas por el sismo en áreas aptas para los asentamientos humanos,
mediante Contrato de Compraventa formalizado el dia 14 de septiembre del 2010
mediante la Escritura Pública Número 131594 del Volumen 3406, ante la fe del
Licenciado, Luis Alfonso Vida les Moreno, Titular de la N,otarJ,'"b lica Número Cinco,
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esta municipalidad, de la que se tomó razón el día 16 de'novie: bre del 201Tl'O la
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18 de enero de 2013.
PERIÓDICO OFICIAL
Pagina 25
partida 5583342 de la Sección Civil, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del Estado, Oficina Registradora en Mexicali, Baja California, adquirió para sí, libre de
todo gravamen o limitación de dominio, los derechos de propiedad del predio agrícola
denominado Lote Número Nueve Fracción Norte Porción Oeste de la Manzana SIM de la
Colonia Victoria, de esta municipalidad, con superficie de 148,805.7566 metros
cuadrados y clave catastral 08.A6-009-001.
TERCERO.- Que el Departamento de Catastro Municipal, con fecha de 8 de junio del
2010 despacho el deslinde practicado al predio citado en el Considerando Primero que
antecede, mediante el cual fueron certificadas la superficie medidas y colindancias,
describiéndolo ubicado de la siguiente manera: al Norte colinda con Lote 16 Fracción
Sur de la Colonia La Primavera, al Sur con manzanas 1 y 2 de la Colonia Valle Nuevo; al
Este con Lote 9 Fracción Norte Porción Este y al Oeste con Lote 8 Fracción, Lote 8
Porción Norte Fracción Sur y Barranco Fuera de uso de por medio.
CUARTO.- Que el INSTITUTO PARA EL DESARROLLO INMOBILIARIO Y DE LA
VIVIENDA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, ha proyectado el desarrollo
urbano del inmueble citado en el Considerando Segundo de este Acuerdo, el cual forma
una sola unidad topográfica para proyecto urbano con superficie calculada de
148,805.757 metros cuadrados, sometiendo los proyectos correspondientes al análisis y
estudio de la Dirección de Administración Urbana quien los encontró correctos y
ajustados a los lineamientos de los instrumentos de planeación del desarrollo urbano
vigente en el Estado y Municipio de Mexicali, Baja California.
POR LO EXPUESTO
Y
en atención a la solicitud presentada por el INSTITUTO PARA
EL DESARROLLO INMOBILIARIO Y DE LA VIVIENDA PARA EL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA, he tenido a bien dictar el siguiente
A
e u
E R D
o
SECCION I : PROYECTOS.
PRIMERO.- Se autoriza a el INSTITUTO PARA EL DESARROLLO INMOBILIARIO Y DE
LA VIVIENDA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, a quien en lo sucesivo se le
llamará "EL URBANIZADOR", para que lleve a cabo el fraccionamiento y urbanización
del predio citado y descrito en los Considerandos Segundo y Tercero de este Acuerdo,
en la modalidad de fraccionamiento por Objetivo Social, conforme a lo establecido en el
Capítulo Octavo del Título Séptimo de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja
California, al que se conocerá con el nombre de fraccionamiento AMPLlACION VALLE \
NUEVO, sujeto a los proyectos que en este mismo acto se firman, en los que resultan
Po
219 lotes que se dedicarán a uso habitacional unifamiliar para construcción de vivienda
tipo popular con superficie total de 65,344.429 metros Cuád~dOS; 2 lotes p.ara uso
comercial con superficie total de 985.960 metros cuadrados; 1 lote destin
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Página 26 PERIÓDICO OFICIAL 18 de enero
de 2013.
equipamiento escolar con superficie de 29,969.973 metros cuadrados; 2 lotes para los
usos o destinos que determine el Gobierno Municipal con superficie total de 6,862.689
metros cuadrados, 1 lote destinado para área verde con superficie de 2,700.000 metros
cuadrados; 1 lote para servicios públicos a cargo de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Mexicali con superficie de 787.316 metros cuadrados y la superficie de
42,155.390 metros cuadrados destinados al total de vías públicas.
SEGUNDO.- La presente autorización se otorga a "EL URBANIZADOR" como un
derecho personalísimo y por lo tanto intransferible, por lo que solo surtirá efectos a favor
de su titular. Para ceder o transferir estos derechos, así como las obligaciones y
responsabilidades que se señalan en este Acuerdo, se requiere la autorización expresa
de la Dirección de Administración Urbana. Cualquier acto que implique cambio de
titularidad de derechos, incluyendo adjudicaciones a favor de terceros, sin las
autorizaciones mencionadas, traerá como consecuencia' la revocación de esta
autorización.
TERCERO.- La Dirección de Administración Urbana será la encargada de resguardar el
proyecto ejecutivo original y el expediente administrativo integrado para el
fraccionamiento AMPLlACION VALLE NUEVO, de las obras de urbanización que se
llevarán a cabo dentro y fuera del fraccionamiento, los cuales fueron aprobados por la
Comisión Federal de Electricidad, Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del
Estado, Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali, Dirección de Obras Públicas
Municipales, Dirección de Servicios Públicos Municipales y la Dirección de
Administración Urbana, compuesto de los siguientes planos y documentos en los que se
indican las normas y especificaciones a las que deberá sujetarse "EL URBANIZADOR"
en la construcción de las obras de urbanización que deberá realizar a su costa y de las
obras complementarias que serán construidas de manera progresiva, para otorgarles
servicios a los lotes resultantes del fraccionamiento AMPLlACION VALLE NUEVO:
PLANO: DESCRIPCION:
1. Deslinde catastral.
Certificado por el Departamento de Catastro Municipal el día 8 de junio del
2010.
2. Ejes y manzanas.
Revisado y aprobado por el Departamento de Fraccionamientos mediante
Oficio 01089 de fecha 6 de julio
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2012.
3. Lotificación. y
Revisado y aprobado por el Departamento d.e Fral' namientos med~
OfiCIO01089 de fecha 6 de julio del 2012. \.
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18 de enero de 2013.
PERIÓDICO OFICIAL
Página 27
4. Nomenclatura.
Aprobado por el Consejo Municipal de Nomenclatura y despachado el 24 de
enero del 2012 por el Departamento de Catastro de la Dirección de
Administración Urbana.
5. Señalamiento vial en el desarrollo.
Oficio de aprobación DIT/195/12 de fecha 1 de marzo del 2012 por el
Departamento de Ingeniería de Tránsito de la Dirección de Administración
Urbana.
6. Alumbrado público.
Aprobado por la Dirección de Servicios Públicos Municipales, mediante Oficio
SD/129/2011 despachado el 26 de abril del 2011.
7. Forestación
y
área verde.
Aprobado por la Dirección de Servicios Públicos Municipales, mediante Oficio
SD/058/2010 despachado el14 de marzo de12011.
8. Red de agua potable.
Aprobado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali mediante
Oficio SOPR-0535/12, despachado el 20 de marzo del 2012.
9. Red de alcantarillado sanitario.
Aprobado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali mediante
Oficio SOPR-0535/12, despachado el 20 de marzo del 2012.
10. Red de distribución de energía eléctrica
y
alumbrado.
Oficio de aprobación DA16NPZSU04-087/2012 de fecha 24 de abril del 2012,
por la Comisión Federal de Electricidad.
11. Aprobación de estructura de revestimiento de vialidades mediante oficio
DO/361/12 por la Dirección de Obras Publicas Municipales despachado el3
de abril del 2012.
DOCUMENTO:
Presupuesto.
DESCRIPCION:
Contiene los volúmenes
y
precios unitarios de las obras
de urbanización completas.
V
Aprobado mediante Oficie D.AU-FRACC-/0475/12
despachado el 29 de marzo dl2012 por la Dirección de
Administración Urbana. \ ~
.
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Página 28
PERIÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
CUARTO.- El presente Acuerdo, junto con la memoria descriptiva de los lotes
resultantes, debidamente verificada por la Dirección de Administración Urbana, deberán
ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, a costa de "EL
URBANIZADOR".
QUINTO.- "EL URBANIZADOR" deberá enterar en la Dirección de Ingresos del Estado
y en la Recaudación de Rentas Municipal de Mexicali, Baja California, según
corresponda, previamente a la publicación de este Acuerdo en el Periódico Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Baja California, el monto total de los derechos,
cooperaciones y demás pagos derivados de esta autorización conforme a las
notificaciones que para el efecto expidan la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo
Urbano del Estado y la Dirección de Administración Urbana, independientemente de los
demás gastos que la misma origine.
SEXTO.- La Dirección de Administración Urbana vigilará el estricto cumplimiento de los
puntos de este Acuerdo, estando facultada para:
a) Modificar los proyectos aprobados cuando así lo requiera la construcción y
buen funcionamiento de la infraestructura urbana, el establecimiento del
equipamiento urbano o por alguna otra causa de utilidad pública;
b) Proveer, en la esfera administrativa, todo lo conducente para la interpretación
y aplicación correcta de este Acuerdo;
c) Suspender sus efectos cuando no se cumpla cualquiera de sus puntos;
d) Prorrogar el plazo señalado para terminar las obras de urbanización, cuando
así se justifique por causas de fuerza mayor;
e) Aprobar o negar la transferencia de la titularidad de los derechos, obligaciones
y responsabilidades señaladas en este Acuerdo, y,
f) Aprobar la modificación de medidas y uso de los lotes.
SECCION 11:URBANIZACION.
SEPTIMO.- "EL URBANIZADOR" deberá construir, a su costa, las obras de
urbanización mínimas como son red de ag~3 potable, electrificación, señalamiento vial y
revestimiento de calles de! fraccionamiento AMPLlACION VALLE NUEVO,
Y
podrá
construir las obras de urbanización complementarias de forma progresiva conforme a las
normas y especificaciones indicadas en la SECCION 1: PROYITOS, y baJo el control y
supervisión de la Dirección de Obras Públicas Municipales. ~
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18 de enero de 2013.
PERIÓDICO OFICIAL
Página 29
"EL URBANIZADOR", previo al inicio de las obras de urbanización deberá
entregar a la Dirección de Administración Urbana las mojoneras de los vértices de las
manzanas y/o puntos de control para deslindes de lotes, a efecto de llevar a cabo la
debida supervisión y verificación de los trabajos topográficos para el fraccionamiento
AMPLlACION VALLE NUEVO.
SECCION 111: DONACIONES.
OCTAVO.- Es obligación de "EL URBANIZADOR" donar gratuitamente, a favor del
Gobierno del Estado de Baja California y del Municipio de Mexicali, Baja California a
través de la Oficialía Mayor correspondiente, libres de gravámenes
y
con las
formalidades legales del caso, los siguientes terrenos debidamente conformados,
limpios de basura y escombros, y acondicionados para los destinos a que serán
dedicados:
A).- Al Gobierno del Estado de Baja California:
1.- Lote número 1 de la manzana número 35, con superficie de 29,969.973
metros cuadrados, destinado para equipamiento escolar.
B).- Al Municipio de Mexicali, Baja California:
1.- Lotes numerados 7 de la manzana número 38 y 1 de la manzana número 44
con superficie total de 6,862.689 metros cuadrados, para los usos o destinos
que determine el Gobierno Municipal.
2.- Lote número 2 de la manzana número 44, con superficie de 2,700.000 metros
cuadrados, destinado para área verde.
3.- La superficie de 42,155.757 metros cuadrados, correspondiente a las vías
públicas del fraccionamiento.
La formalización de la donación de los terrenos señalados en este Acuerdo,
deberá realizarse a costa de "EL URBANIZADOR", en un plazo no mayor de 90 días,
contados a partir de la fecha de publicación de este Acuerdo en el Periódico Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Baja California, así como los contratos respectivos
deberán quedar inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del
l(
Estado, Oficina Registradora en la ciudad de Mexicali, Baja California, dentro del mismo
plazo señalado. Una vez transferida la propiedad de dichas_áreas, se regirán como
bienes inmuebles del dominio público para todos los efectos le~s. ('
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18 de enero de 2013. PERIÓDICO OFICIAL Página 31
Los notarios públicos y demás fedatarios sólo podrán autorizar los actos,
contratos o convenios relativos a la propiedad, posesión, uso o cualquier otra forma
jurídica de tenencia de los lotes resultantes del proyecto que se autoriza con este
Acuerdo y extender las escrituras correspondientes, previa comprobación de que sus
cláusulas contengan las condiciones y obligaciones aquí señaladas, y los registradores
públicos de la propiedad sólo podrán inscribir los documentos correspondientes previa
verificación del cumplimiento de este requisito.
DECIMO SEGUNDO.- Para el otorgamiento de la constancia de cumplimiento de los
puntos de este Acuerdo por la .Dirección de Administración Urbana, "EL
URBANIZADOR" deberán cumplir con lo siguiente:
a).- Haber pagado los derechos generados por la presente autorización.
b).- Haber inscrito el presente Acuerdo y las memorias descriptivas de los lotes
resultantes en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado,
Oficina Registradora en Mexicali, Baja California.
c).- Haber formalizado las donaciones que se indican en la SECCION 111:DONACIONES
hasta su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del
Estado, Oficina Registradora de la ciudad de Mexicali, Baja California.
d).- Contar con la opinión favorable de la Oficialía Mayor del H. Ayuntamiento sobre el
mantenimiento y operación de los servicios públicos como se indica en la SECCION
v:
OPERACION
y
MANTENIMIENTO.
e).- Constancia de la Dirección de Obras Públicas Municipales de terminación de las
obras de urbanización mínimas citadas en la SECCION 11:URBANIZACION, y/o en
su defecto opinión favorable sobre la calidad y tiempos de ejecución de las obras de
urbanización y de infraestructura instalada.
SECCION V: OPERACION
y
MANTENIMIENTO.
DECIMO TERCERO.- "EL URBANIZADOR", a su costa, tendrá la obligación eje la
operación y mantenimiento de la infraestructura y servicios urbanos, de tal forma que ~:'./
estos funcionen de manera segura como se indica en la SECCION 1: PROYECTOS, .
debiendo entregar oportunamente a la Oficialía Mayor del Municipio de Mexicali, Baja
California, copia de los contratos de energía eléctrica para el a~mbrado p¡)blicc
j
para
agua potable en áreas verdes, asimismo deberá entregar mensvalmente
él"ta-~
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Página 32 PERIÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
Oficialía Mayor copia de los recibos pagados por estos consumos hasta que el
fraccionamiento sea recibido de conformidad por la Dirección de Administración Urbana,
la Oficialía Mayor del Municipio, Dirección de Obras Públicas Municipales y Dirección de
Servicios Públicos Municipales, mediante el acta respectiva, toda vez que hayan sido
realizadas las obras de urbanización de acuerdo a la SECCION 11:URBANIZACION y
cumplidas las demás obligaciones señaladas en este Acuerdo.
"EL URBANIZADOR" tendrá la obligación de realizar oportunamente los siguientes
pagos y mantenimiento:
A).- PAGOS:
a).- Por consumo de energía eléctrica del alumbrado público.
b).- Por consumo de agua potable en área verde.
B).- MANTENIMIENTO Y SERVICIOS:
a).- Mantenimiento de alumbrado público.
b).- Mantenimiento y conformado de vías públicas.
c).- Recolección de basura doméstica.
d).- Mantenimiento de la infraestructura urbana.
SECCION VI: RECEPCION.
DECIMO CUARTO.- La Dirección de Obras Públicas Municipales, la Dirección de
Servicios Públicos Municipales, la Dirección de Administración Urbana y la Oficialía
Mayor del Municipio de Mexicali, Baja California, a solicitud de "EL URBANIZADOR",
podrán realizar la recepción de las obras de urbanización mínimas así como de las obras
complementarias que se realizaran de manera progresiva, una vez que cumpla con los
siguientes puntos:
\1 )
a).- Solicitar a las Direcciones de Obras Públicas
y
Servicios Públicos Municipales la ~
inspección de las obras de urbanización y de equipamiento para verificar que
estas se hayan concluido y se encuentren en óPful,as condici~
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PERiÓDICO OFICIAL
Página 33
b).- Solicitar a los organismos operadores de los servicIos públicos su dictamen
favorable sobre la operación
y
funcionamiento de la infraestructura
correspondiente.
c).- Entregar a la Dirección de Administración Urbana las mojoneras de la poligonal
envolvente, vértices de manzanas
y
puntos de control para deslindes de lotes.
d).- Comprobar que en el fraccionamiento se encuentran satisfecho el porcentaje de
ocupación de predios que establece el Reglamento de Fraccionamientos del
Estado de Baja California.
DECIMO QUINTO.- Entregado los requisitos señalados en el Punto Decimo Cuarto que
antecede y dictaminado que se encuentran cubiertos debidamente, la Dirección de
Administración Urbana levantará el Acta de Entrega y Recepción Final del
fraccionamiento AMPLlACION VALLE NUEVO.
SECCION VII: GENERALIDADES.
DECIMO SEXTO.- Una vez publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Estado de Baja
California el presente Acuerdo de autorización, la Secretaría del Ayuntamiento del
Municipio de Mexicali, Baja California remitirá copia del mismo a la Secretaria de
Comunicaciones y Transportes, Comisión Nacional del Agua, Comisión Federal de
Electricidad, Servicio Postal Mexicano, Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano
del Estado, Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali, Dirección del Registro
Público de la Propiedad y de Comercio del Estado, Sindicatura del Ayuntamiento,
Oficialía Mayor del Ayuntamiento, Dirección de Obras Públicas Municipales, Dirección de
Servicios Públicos Municipales, Dirección de Bomberos
y
Protección Civil, Dirección de
Seguridad Pública Municipal, Sistema Municipal del Transporte, Dirección de
Administración Urbana y a "EL URBANIZADOR".
DECIMO SEPTIMO.- Este Acuerdo surtirá sus efectos a los
siguientes, contados a partir de su publicación en el Periódico
Gobierno del Estado de Baja California, la cual se hará
URBANIZADOR". \
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ocho dí?s hábiles ~
Oficial, Organo del
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Página 34
DECIMO OCTAVO.- Cúmplase.
"ERlónICO OFICIAL
IXde enero dc 20D.
Dictado en la ciudad de Mexical B' . inas de la Dirección de
Administración Urbana, a los di s del mes de octubre del 20 2.
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RIGO OROZCO CARRILLO
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PERiÓDICO OFICIAL
18
de enero de 2013.
EL C. ALCIDE ROBERTO BELTRONES RIVERA, Secretario de Gobierno del H. XX
Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tijuana, Baja California, conforme a la
Ley,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
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E R T 1 F I C A:
Que en el acta levantada con motivo de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. XX
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, celebrada el día veintidós de diciembre del año
dos mi~doce, se encuentra un acuerdo que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACTA No. 55 tomando en consideración - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
PRIMERO.- Que el articulo 115, de la Constitución Politica de los Estados Unidos
Mexicanos y artículo 85. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California, establece que los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se
formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las
contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor. - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Que son facultades de los Regidores según el artículo 9 fracción
11
de la Ley
de Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 72 del Reglamento
Interno y de Cabildo del Ayuntamiento de Tijuana, asociarse en Comisiones para
dictaminar en todos aquellos asuntos que sean del ramo de su competencia.- - - - - - - - -
TERCERO.- Que conforme al articulo 6 de la Ley de Régimen Municipal para el Estado
de Baja California, en representación del Municipio y para el cumplimiento de sus fines,
el Ayuntamiento tiene plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, permutar o enajenar
toda clase de bienes. entre otras atribuciones y acciones previstas en las leyes.- - - - - - -
CUARTO.- Que el artículo 11 del Reglamento de Bienes y Servicios del Municipio de
Tijuana, Baja California, establece que los vehículos de automotor o de cualquier otra
especie al servicio del transporte de cosas o personas, siempre se reputaran por
principio como bienes muebles del dominio público.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINTO.- Que el articulo 81 del Reglamento Interno y de Cabildo del Ayuntamiento de
Tijuana, señala que son atribuciones de esta Comisión de Hacienda el dictaminar
respecto de aquellos asuntos que el cabildo le encomiende. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEXTO- Que después de la revisión realizada al trámite en comento los regidores de la
Comisión de Hacienda, consideran es procedente aprobar la baja definitiva del padrón de
Bienes Muebles del Ayuntamiento de Tijuana de 49 Vehículos Oficiales del dominio
público por consíderar incosteable su reparación y que su destino sea la enajenación a
titulo oneroso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -
Con lo anterior el Honorable Cuerpo Edilicio determina aprobar por unanimidad de votos
los siguientes puntos de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- El H. XX Ayuntamiento de Tijuana en análisis de la información presentada,
concluye autorizar la desincorporación y baja de 49 Vehiculos Oficiales del dominio
público propiedad del mismo, según relación anexa al pr , para proceder a su baja
definitiva del padrón de bienes muebles municipale ~. arse incosteables sus
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IX de enero de 2013.
PERIÓDICO OFICIAL
Página 37
SEGUNDO.- Que derivado a las condiciones en las que se encuentran los 49 vehiculos
oficiales, se autoriza como destino final su venta como chatarra, apegándose a lo
establecido en el reglamento que en materia corresponde. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Notifiquese la baja de los bienes en mención a Tesorería Municipal para su
afectación patrimonial, asi como a Oficialfa Mayor para el cumplimiento del acuerdo
tomado por Cabildo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- _
Para todos los efectos a que haya lugar, se extiende la presente CERTIFICACION, en la
ciudad. de Tijuana, Baja California, al dia veintitrés del mes de diciembre del año dos mil
doce.- - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Página 40 PERIÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
EL C. ALCIDE ROBERTO BELTRONES RIVERA, Secretario de Gobierno del H. XX
Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tijuana, Baja California, conforme a la Ley,- - - - - -
CERTIFICA:
Que en el acta levantada con motivo de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. XX
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, celebrada el dia veintidós de diciembre del año dos mil
doce, se encuentra un acuerdo que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - _
ACTA No. 55 tomando en consideración - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - __ - _
PRIMERO. - Que ia empresa STOC S. A. de C. V. es una sociedad mercantil debidamente
constituida conforme a las Leyes del pals, según consta en la Escritura Pública número 19,225,
1440, de fecha 12 de diciembre de 1991, ante el protocolo del Notario Público 148 del Distrito
Federal, Lic. Francisco Carbia Pizarro Suárez Estableciéndose que se designa a los Sres. Pedro
Corrales González y Cesar Eduardo Alvarez Flores, con facultades para aclos de administración.
SEGUNDO.- Que cuenta con número de registro 25867 ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial respecto a los diseños industriales de los buzones objeto del presente aclo. - - - - - - - - -
TERCERO.- Que el Ayuntamiento de TIjuana aaedila el dominio de las vlas públicas mediante:
Decreto N° 128 expedido por la H. IV Legislatura del Estado Libre y So)lerano de Baja California,
publicado en el Periódico Oficial del estado el dla 10 de octubre de 1965, mediante el cual se
autoriza al Gobierno del Estado de Baja California para que asigne como patrimonio de TIjuana,
los bienes del dominio publico de uso común, entre otros "las calles avenidas, paseos,
monumentos artfsticos o conmemorativos y las construcciones levantadas en lugares públicos
para ornato de estos o para comodidad de los transeúntes, comprendidos dentro de su Municipio,
as! también: Decreto 132 publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el día 31 de
enero del año 2003, enelqueseestablece:------ ---------- --------------------- --
"Primero.- Se desinco!pOra del patrimonio del dominio publico del Gobierno del Estado yse
inco!pOra
al
patrimonio del dominio privado del mismo, las vialidades ycallejones de servicio
ubicadas dentro de los centros de población de los Municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana, Playas
de Rosarito
y
Ensenada, donados al Gobierno del Estado mediante autorización del
fraccionamientos
y
Regularización de Asenfamientos Ur1Janosdurante
el
periodo comprendido del
dla 11de octubre de 1965 al11 de mayo del 1992 -- -- -- -- -- - -- -- -- -- -- -- -- -- -- - _
Segundo.-
se
autoriza al Ejecutivo del Estado para enajenar
a
titulo gratuito
a
favor de
los
Municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana, Playas de Rosarito yEnsenada, las vialidades y
callejones de servicio que se citan en elartIculo anterior. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - -
Cuarto.- .... - - - - - - - - - - - - - -- - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - _
Quinto.- El presente Decreto servirá de titulo de propiedad de los bienes que se transfieren
a
los
Municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana, Playas de Rosarito yEnsenada, Baja Califomia". - - - - --
CUARTO.- Que la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 115
fracciones 11,contempla los casos en que se requiere el acuerdo de las dos terceras partes de los
miembros de los ayuntamientos par dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario
municipal o para celebrar aclos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al
periodo del Ayuntamiento. La fracción 11Idel articulo en cita, señala que los Municipios tendrán a
su cargo las funciones y servicios públicos, entre otros, de las calles, parques y jardines y su
equipamiento y la fracción V reza que Los Municipios, en los términos de las. II~e.. . erales y
Estatales relativas, estarán facultados para, entre otros, Autorizar, controlar y
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del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales. - -'
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18 de enero de 2013.
PERIÓDICO OFICIAL
Página 41
QUINTO.- Que el articulo 82, apartado A, fracción VI y apartado B fracción VII, de la Constitución
Politica del Estado Libre y Soberano de Baja California, establece que para el mejor desempeño
de las facultades que le son propias, asl como para la prestación de los servicios públicos y el
ejercicio de las funciones que le son inherentes, los ayuntamientos tendrán a su cargo la atribución
de "resolver, mediante el voto aprobatorio de las dos terceras partes de sus integrantes, respecto
de la afectación, gravamen, enajenación, uso y destino de los bienes inrnuebles municipales" y las
"funciones y servicios públicos" "." de las "Calles, parques y jardines y su equipamiento", - - - - --
SEXTO.- Que la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California en su articulo 17 párrafo
primero establece que "Todo inmueble señalado como via pública en algún plano o registro oficial
en cualquIera de las Unidades Administrativas del Municipio, del Estado, en el Archivo General de
la Nación, o en otro archivo, museo, biblioteca o Dependencia Oficial, se presumirá salvo prueba
en contrario, que es vla pública y constituye un bien de dominio público de uso común" y en su
párrafo segundo establece que "Los Inmuebles que en el plano oficial de un fraccionamiento
aprobado por la Autoridad Estatal o Municipal, aparezcan destinados a vlas públicas, al uso
común o algún servicio, se consideran, por ese solo hecho como bienes del dominio público de
uso común
n. ---- ----------- --- ------- _
SEPTIMO.- Que el articulo 78 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California,
señala que "El arrendamiento o explotación de bienes muebles o inmuebles propiedad del
Ayuntamiento se hará conforme a los convenios que para tal efecto se celebren", - - - - - - - - - - - - ~
OCTAVO.- Que la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, en el articulo 2
establece que el municipio como orden de gobierno local, tiene la finalidad de organizar a la
comunidad asentada en su territorio, en la gestión de sus intereses y ejercer las funciones y -
prestar los servicios que ésta requiera, de conformidad con lo establecido por la Constitución
i
Politica de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano .
de Baja California, en el articulo 3, menciona que "Los Municipios de Baja California gozan de
autonomla plena para gobernar y administrar los asuntos propios de la comunidad, Los
Ayuntamientos, en ejercicio de esta atribución están facultados .... asi como para .... IV,- Regular el
uso y aprovechamiento de ios bienes municipales". El articulo 13 reza que "El patrimonio de los
Municipios lo constituye., .. asl como sus bienes del dominio público, destinados al uso común o a
la prestación de un servicio público de carácter municipal y sus bienes propios, bajo la siguiente
clasificación ....
1.-
Son bienes de dominio público municipal enunciativamente: a) Los que se
destinen para equipamiento público municipal o de uso común, dentro de los centros de población;
b) Los destinados por el Ayuntamiento a un servicio público" El articulo 15 del mismo
ordenamiento Legal cita que "Para disponer del patrimonio municipal, se requiere de la votación
favorable de las dos terceras partes de los rniembros del Ayuntamiento, para autorizar los
siguientes actos: .... IV,- El otorgamiento de concesiones respecto de la prestación de un servicio
público, ya sea de carácter municipal o supramunicipal a su cargo, o del uso ydisfrute de un bien
inmueble municipal que sea sujeto de aprovechamiento particular, conforme al reglamento
respectivo, cuando la concesión exceda el término de gestión constitucional del Ayuntamiento que
setrate..,".----------- ----------------------------------_- _
NOVENO.- Que el articulo 11 párrafo segundo del Reglamento de Bienes y Servicios del Municipio
de Tijuana, Baja California, establece que Los bienes inmuebles que se utilizan como vialidades.,
"se reputan como bienes del dominio público por ministerio del presente Reglamento ..,", En su
articulo 16 cita que "Los bienes del dominio público municipal pueden ser dados en concesión
para su explotación o uso particular, o bien como parte de diversa concesión de algún servicio
público .... ", y el articulo 17 del mismo ordenamiento legal, señala que "Para dar en concesión un
bien inmueble del dominio público se estará a lo siguiente: 1.- Se requerirá de_ __ _,.ción del
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ayuntamiento. Si la concesión excede del término del periodo gubernamental del ayuntamiento
que se trate, el acuerdo que la autorice debe tomarse con el voto favorable de cuando menos las
dos terceras partes de los miembros del cabildo.....II.- Cuando la concesión sea promovida por el
ayuntamiento se hará mediante licitación pública aplicando en lo conducente las normas relativas
a la enajenación de bienes. Cuando la concesión sea a solicitud de parte interesada y el
ayuntamiento apruebe darle curso, la Tesorería hará del conocimiento, del público general
mediante publicación en el órgano oficial de difusión y en uno de los de mayor circulación,
emplazando por un término no menor de 30 y no mayor de 90 dias naturales a las personas que
pudieran también interesarse y realizar mejor oferta".. IV.- El contrato administrativo en el que se
otorgue la concesión deberá contener las cláusulas necesarias que garanticen al ayuntamiento, el
término, la calidad, seguridad y buen uso del bien concesionado asi como el procedimiento de
remunicipalización o terminación del Bien de manera anticipada ...
.o.---- --•---------------
DECIMO Que en el ámbito de competencia del municipio y de los tres niveles de gobierno, el Plan
Municipal de Desarrollo 2010-2013 para la ciudad de Tíjuana, Baja California, aprobado en la
Sesión Ordinaria de Cabildo y publicado en el Periódico Oficial del Estado. - - - - - - • - - - - - - - - - -
DECIMO PRlMERO.- Que en el expediente técnico turnado a esta Comisión Edilicia se encuentra
el proyecto de los buzones postales públicos con anuncios. publicitarios denominados
mupibuzones, que la empresa STOC S. A. de C. V. solicita instalar, permanencia y mantenimiento
en diferentes sitios de nuestra ciudad, que conforme a información proporcionada otorgará, entre
otros, los siguientes beneficios: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - • - - - - - - - - - - - - • - - - - - - • - - - - • -
Están ubicados en puntos estratégicos de la ciudad al alcance de los ciudadanos. - - - - - - • - - -
Presenta un diseflo ergonómico para que la gente que lo utilice, aun por tiempo indefinido por
necesidades determinadas, las 24 horas del dia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - • - - - - - • - - -
Fabricadas a acero inoxidable, para una buena duración y buen aspecto limpio. - - - - - - - - - - --
Contará con luz interna la cual iluminará por completo el área donde las personas tengan el
acceso a este servicio, dando esto un punto de seguridad. - - - - _. - - - - - • - - - - - • - - - - - - - - -
DECIMO SEGUNDO.- Que uno de los propósitos de la presente administración, es proporcionar
seguridad y comodidad a los ciudadanos que utilizan el servicio postal público, siendo este en
lugares dignos ya que estos buzones contaran con iluminación, lo que vendrla a mejorar la imagen
urbana de la ciudad y prestaria un. buen servicio a los ciudadanos que utilizan el servicio postal
público.---- ----- ------- -----------------•-----•--- -' ------------•------
DECIMO TERCERO.- Que el Ayuntamiento como resultado del crecimiento urbano que
constantemente tiene nuestro Municipio, aunado a la gran demanda del servicio postal publico en
diferentes zonas de la ciudad, requiere de concesionar a las personas físicas amorales que
cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos en las Leyes y Reglamentos de la
materia, el servicio de buzones adecuados para los usuarios de servicio postal público, con la
finalídad de beneficiar a la población que sufre de incomodidades. propias de la espera de este
servicio,Con lo anterior el Honorable Cuerpo Edilicio determina aprobar por unanimidad de votos
los siguientes puntos de acuerdo: - - - - - • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - • - - - - • - - - - - •
PRIMERO.- Se autoriza la concesión de la via pública para la instalación, permanencia y
mantenimiento de 86 buzones de mobiliario urbano tipo buzones postales públicos con anuncios
publicitarios denominados mupibuzones, para usuarios de esta ciudad, en los sitios descritos en el
listado anexo, el cual se exhibe y se anexa al presente instrumento como si se insertara a la letra
del mismo, a la empresa Publicidad STOC S. A. de C. V., representada para este acto por los C.
Pedro Corrales González y Cesar Eduardo Álvarez Flores, por un plazo de 10 (diez) afias 8
(ocho) meses a partir de la firma del contrato respectivo, previa fianza que se deposite por buzón
en menCIónpor los daflos y pe~UICIOSque se puedan ocaSionar en la InstalaCiónd;~~~
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PERIÓDICO OFICIAL
Página 43
C.P. ALCIDE
SEGUNDO.- La instalación, permanencia y mantenimiento de mobiliario urbano tipo buzones
postales públicos con anuncios publicitarios denominados mupibuzones, deberá cumplir con las
especificaciones técnicas establecidas en el Reglamento de Rótuios, Anuncios y Similares para el
Municipio de Tijuana, Baja California y las que la Dirección de Administración urbana le señale
para efectos de la imagen y la publicidad, para efectos de la ubicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Para la instalación, permanencia y mantenimiento de mobiliario urbano tipo buzones
postales públicos con anuncios publicitarios denominados mupibuzones, el concesionario deberá,
obtener el permiso correspondiente otorgado por la Dirección de Administración Urbana, de cada
una de dichos buzones con anuncios publicitarios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - -
CUARTO.- La instalación del mobiliario urbano en comento no se deberá contraponer con los
lugares autorizados anteriormente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINTO.- El concesionario no podrá ceder bajo ninguna figura juridica, los derechos derivados de
iaconcesión.- --- ---------- ----------.---_• -•• -------. --------------------
SEXTO.- Será causa de recisión del contrato el no cumplir con las disposiciones estabiecidas en
los puntos de acuerdo que anteceden. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-------- -------- --- - - ----- - T RAN SITO RI O S---------- ---------- - - - ----
PRIMERO.- Se faculta al Ejecutivo Municipal para que por su conducto y en los términos del
articulo
106
fraoción V, del Reglamento de la Administración Pública del Ayuntamiento de T1juana
Baja California, gire instruociones a la Dirección General Jurldica Municipal, para que elabore el
instrumento jurldico correspondiente en los términos del presente acuerdo, asl como incluir el
cobro correspondiente, con apego a lo que establece la Ley de Hacienda Municipal. - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Publlquese en el Periódico Oficial del Estado
y/o
en la Gaceta Municipal órgano de
l"
difusión del Ayuntamiento de Tijuana Baja California y en un periódico de los de mayor circulación
en el municipio, para conocimiento de los ciudadanos. - - - - - - - - - •• - - - - - -. - -. - - - - - - - - --
TERCERO.- Notifiquese a ia Secretaria de Desarrollo Urbano, Dirección de Administración Urbana
y al interesado, de la presente resolución .••• - - - - - - - ••• - - • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para todos los efectos a que haya lugar, se extiende la presente CERTIFICACION, en la ciudad
de Tijuana, Baja California, al dla veinticuatro del mes de diciembre del ano dos' e.- - - - - -
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EL SECRETARIO DE GOBIERNO MUNICIPA~
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Página 44 PERiÓDICO OFICIAL
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15 01-015
9lvd Aoua Caliente - Marqamas (1 ienda Lev)
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16 01-015
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Blvo. Diaz Drdaz - Loma Atia (Plaza Bonita)
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9lvo. Diaz Ordaz - Fresno (Autozone)
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8lvd Diaz Ordaz - LEs Brisas (Ceniro Com, Las Brisas)
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Blvd. Diaz Drdaz - Plaza Carrucel
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8lvd. Diaz Drd8Z - Los Charros (Scotiaoank)
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9lvd. Diaz Ordaz - Mercado de Todos
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27 01-027
8\vd. Diaz Orciaz - Av. Industrial (Escuela Primo
200e
Nov.)
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28 01-028
Blvo Mua Caliente ~ Hipódromo (Calimax)
o-p
"9 01-029
Blvd Aoua Caliente - Salinas (Campestre]
O-P
30 01-030
Blvd_ Aoua Caliente - Abelardo Rodrí uez (Come:xj
o-p
31 0",-031
Blvd. Aoua Caliente - Guana'uato ¡Plaza Milenio)
o-p
32 01-032
Vía Rapida - Office Depot
p-o
33 01-033
Blvd Insuraentes - Blvo O'hi ins (Bazar Insur entes)
p-o
34 01-034
Blvd. lnsurQentes - Blvd, Guavcuras (Par ue Morelos)
N-S
35 0"1-035
Blvd. InsurQentes - Blvd, Guavcuras (Smart Final)
N-S
36 01-036
Blvd.lnsur entes - Calle Jacarandas {Estafeta}
I
NS
37 01-037
Blvd Insuraentes - Calle Ocampos (GiQante
8-N
38 01-038
lBtvd.
Insurqentes - Rampa Cetys Universidad (Calima>:)
8-N
39 01 039
Calzada TecnolóQico - Carl"s J(s
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40 01 040
8lvo. Industrial - LáZaro Cárdenas
p-o
41 01-041
Blvd. Industrial - Azteca Sur
P-O
42 01-042
Calzada Tecnolóaico - Las Américas (UABC) I
O-P
43 01-043
Calzada TecnolÓQico - Inqenieros {Macdonal'sl I
o-p
44 01-044
Calzada T ecnolóQico - Av. Cuauh1emoc Norte (Tecnolór1ico)
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45 01-045
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Paseo del Centenario - Teresa de Mier
S-N
46 01-046
¡Amistad Frontera (TaXIS Amarillos) N-S
47 01-047
Paseo del Centenario - Marques de León (1ienda Lev)
N-S
48 01-048
Paseo del Centenario - lndeoendencia (Palacio Mun'lclpalj
N.S
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01-049 Paseo de los Héroes - Misión de Muleje (Susuki)
S-N
50 01050
Paseo de los Héroes Abelardo Rodríguez [Hotel Lucerna\
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S-N
51 01-051
PaSeo de los Heroes. Plaza Rio (Cinéoolis¡ I
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18 de enero de 2013.
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PERiÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
EL C. ALCIDE ROBERTO BELTRONES RIVERA, Secretario de Gobierno del H. XX
Ayuntamiento Conslitucional del Municipio de Tijuana, Baja Califomia, confonne a la Ley,- - - - - -
CERTIFICA:
Que en el acta levantada con motivo de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. XX
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, celebrada el dia veintidós de diciembre del año dos mil
doce, se encuentra un acuerdo que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - -
ACTA No. 55 tomando en consideración - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
articulo 115 fracción V inciso h, lo siguiente: "Intervenir en la fonnulación y aplicación de
programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial"
SEGUNDO.- Que el articulo 83 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Baja California establece como atribución de este H Ayuntamiento: "Prestar y
regular en sus competencias territoriales el servicio de transporte público" - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Que el Plan Municipal de Desarrollo de Tíjuana Impulsa la generación de un sistema
de transporte masivo, moderno, eficiente y confortable, mediante una_Estrategia General de
Impulsar la eficientización del servicio integral del transporte público, asi como contar con un
Sistema de Transporte Público de calidad con la estrategia de Impulsar la modernización y
eficiencia del mismo, además el compromiso de Diseñar el proyecto técnico, legal y financiero
para la implementación de rutas troncales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ..- - - - - ..- - - - - - -
CUARTO.- Que la Entidad que se presenta a consideración es un el Organismo descentralizado
de la administración pública municipal, denominado Organismo Municipal para la Operación del
Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros de Tíjuana, Baja Califomia, el cual está
dotado con personalidad juridica y patrimonio propios. - - - - - - - .. - - - - - - - - ..- - - .. - - - ..
QUINTO: Que el objeto es el de ejercer las atribuciones que en materia de prestación del servicio
público de transporte colectivo urbano y suburbano masivo, se establecen a cargo del Gobierno
Municipal, en la Ley General de Transporte Público del Estado de Baja Califomia y en el
Reglamento de Transporte Público para el Municipio de Tijuana, Baja Califomia, en lo referente al
denominado Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros de Tíjuana, Baja California,
con excepción de aquellas que confonne a dicha Ley o reglamento, deban ser ejercidas
directamente por el Ayuntamiento o por otras au1oridades. - - - - ..- - - - - - - - - ..- - - - - .. - - -
SEXTO: El Organismo Municipal que aqui se crea, tiene a su cargo la gestión, planeación,
administración, operación, control, construcción, mantenimiento y conservación del denominado
Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros de Tíjuana, Baja Califomia, incluyendo de
manera enunciativa y no limitativa vialidades, portales, tenninales, sitios y cualquier otro espacio
público o privado que tenga injerencia directa con la operación del Sistema integral; para lo cual
tendrá facultades para ejercer todos los actos necesarios a efecto de lograr el mejor
funcionamiento y la prestación de los servicios de las instalaciones del Sistema.en beneficio de
los usuarios y de la población en general. .. - - -- - - -- - - - - - - - - - - -- - - ..-- - -
Con lo anterior el Honorable Cuerpo Edilicio detennina aprobar por unanimidad de votos los
siguientes puntos de acuerdo: - - - - - ..- - - - - - .. - - - - - - - - - - - - ..- - - - -
PRIMERO.- SE AUTORIZA EL ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO
MUNICIPAL PARA LA OPERACiÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO URBANO DE
PASAJEROS DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, DESCRITO EN ANEXO . SE
TIENE INSERTADO A LA LETRA DEL PRESENTE ACUERDO - - - - -.
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IR de enero de 2013.
PERiÓDICO OFICIAL
Página 47
PRIMERO.- EL PRESENTE ACUERDO ENTRARA EN VIGOR AL MOMENTO DE SU
APROBACiÓN, MISMO QUE DEBERÁ PUBLICARSE EN EL PERiÓDICO OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, ASI COMO EN LA GACETA MUNICIPAL
DEL H. AYUNTAMIENTO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
SEGUNDO.- SE DEROGAN TODAS Y CADA UNA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS Y
REGLAMENTARIAS DERIVADAS DE ACUERDOS Y REGLAMENTOS QUE SE OPONGAN A
LAS PRESENTES DISPOSICIONES LEGALES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
EL SECRETARIO
DEL H. XXAYU
C.P. ALCIDE RO
Para todos los efectos a que haya lugar, se extiende la presente CERTIFICACION, en la ciudad
de Tijuana, Baja Califomia, al dia veintitrés del mes de diciembre del año dos mil doce.- - - - - - - -
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Página 48 PERiÓDICO OFICIAL
18 de enero de 2013.
H. AYUNTAMIENTO DE TIJUANA. BAJA CALIFORNIA
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO MUNICIPAL PARA LA OPERACiÓN
DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO URBANO DE PASAJEROS DE TIJUANA, BAJA
CALIFORNIA
CAPíTULO PRIMERO
GENERALIDADES
ARTÍCULO1.- Se crea el organismo descentralizado de la administración pública municipal
denominado Organismo Municipal para la Operación del Sistema de Transporte Masivo Urbano
de Pasajeros de Tijuana. Baja California, el cual está dotado con personalidad juridica y
patrimonio propios.
ARTÍCULO2.- Para efectos de lo dispuesto en el presente Acuerdo, se entenderá por:
l. Ayuntamiento.- Es el órgano colegiado responsable del gobierno del Municipio,
conformado por el Presidente Municipal, el Sindico Procurador y los regidores;
11.
Ley.- La Ley General de Transporte Público del Estado de Baja California;
111.
Organismo.- La entidad paramunicipal creada por medio del presente Acuerdo;
IV. Reglamento.- El Reglamento de Transporte Público para el Municipio de Tijuana,
Baja California;
V. Reglamento Interno.- El Reglamento Interno del Organismo Municipal para definir la
estructura organizacional del Organismo
(
VI. Sistema.- Es el conjunto de la infraestructura y las actividades
planeación, organización, administración, control, dirección,
mantenimiento y conservación asociadas a la operación y el recaudo.
de gestión,
explotación,
CAPíTULO SEGUNDO
DE LA NATURALEZA Y OBJETO
ARTiCULO3.- La entidad que se crea por medio del presente acuerdo, tiene por objeto
ejercer las atribuciones que en materia de prestación del servicio público de transporte colectivo
urbano y suburbano masivo, se establecen a cargo del Gobierne Municipal, en la Ley General de
Transporte Público del Estado de Baja California y en el Reglamento de Transporte Público para
el Municipio de Tijuana, Baja California, en lo referente al denominado Sistema de orte
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