Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 23 de Enero de 2013 (Sección Segunda)

CETA
~.
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 500
Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 23 de enero de 2013
No. 16
SECRETARIA DE EDUCACION
SUMARIO:
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITE INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE LA
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TECAMAC.
AVISOS JUDICIALES: 184, 219, 261, 96-Al, 95-Al, 320, 321, 322, 323,
303, 302, 301, 299, 300, 95-Al, 308, 305, 307, 318, 319, 313 y 314.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 312, 311, 94-Al, 316,
99-Al, 310, 324, 97-A 1 , 306, 304, 98-Al, 325, 317, 309 y 315.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE EDUCACION
U í
ACUERDO POR EL QUE EL M. EN A. JUAN ANTONIO FERNANDEZ PALMA, ENCARGADO DE RECTORIA DE LA UNIVERSIDAD
POLITECNICA DE TECAMAC, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 15 Y 18 FRACCION XVI DEL
DECRETO DE CREACION DE ESTE ORGANISMO; 10 FRACCION V DE SU REGLAMENTO INTERIOR; 5 FRACCION IV DE LA LEY
PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS; 28 FRACCION IV DEL REGLAMENTO DE LA MISMA,
Y
CONSIDERANDO
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", de fecha
6 de septiembre de 2010, tiene como objeto, la mejora integral, continua y permanente de la regulación estatal y municipal que, mediante la
coordinación entre los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil permita la eficacia y eficiencia gubernamental en todos sus
ámbitos, para fomentar el desarrollo socioeconómico y la competitividad en el Estado, disminuyendo requisitos, costos y tiempos, en
beneficio de la población mexiquense, otorgando certidumbre jurídica y eliminando la discrecionalidad de los actos de autoridad.
Que la importancia de la implementación de un sistema de mejora regulatoria continua, estriba en que es uno de los factores de mayor
impacto, para fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá
positivamente en la economía y en la decisión de los particulares para invertir sus recursos en esta Entidad Federativa.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 establece como líneas de acción para lograr el Estado Progresista, entre otras,
generar una simplificación administrativa y adecuación normativa, dirigidas a implantar reformas y modificaciones administrativas para
impulsar las mejores prácticas en políticas públicas que han mostrado efectividad en otros ámbitos.
Que el servicio público educativo estatal de nivel superior requiere, por la propia dinámica administrativa del servicio, la constante revisión y,
en su caso, la adecuación respectiva, para lograr la mejora continua de los servicios que se prestan a la población.
Página, 2
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23 de enero de 2013
Que para dar cumplimiento a lo anteriormente mencionado y derivado de las disposiciones del Reglamento de la Ley para la Mejora
RegulatOria del Estado de México y Municipios, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 15 de febrero de 2012, es
necesario normar el funcionamiento del Comité Interno de Mejora Regulatoria de Servicios Educativos Integrados al Estado de México.
En rnérit de lo expuesto, ha tenido a bien expedir los:
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITE INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TECAMAC.
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO.-
Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer la operación y funcionamiento del Comité Interno de Mejora
Regulatoria de la Universidad Politécnica de Tecámac, para la regulación y simplificación de sus trámites y servicios.
SEGUNDO.-
Para efectos de los presentes Lineamientos Generales, se entenderá por:
1.
Comisión Estatal: Comisión Estatal de Mejora Regulatoria.
II.
Consejo Estatal de Mejora Regulatoria: Órgano consultivo de análisis en la materia y de vinculación interinstitucional con los
diversos sectores de la sociedad, responsable de analizar las propuestas de nueva creación, disposiciones de carácter general o
de su reforma.
III.
Comité Interno: Órgano constituido al interior de cada dependencia para llevar a cabo actividades continuas de mejora regulatoria
derivadas de la Ley.
IV.
Dependencias: Entidades de las administraciones públicas estatal
V.
Desregulación: Componente de la Mejora Regulatoria que se refiere a la eliminación parcial o total de la regulación vigente que
inhibe o dificulta el fomento de la actividad económica en la entidad;
VI.
Disposiciones de carácter general: Reglamentos, decretos, normas técnicas, bandos, acuerdos, circulares y demás disposiciones
administrativas, que afecten la estera jurídica de los particulares;
VII.
Ejecutivo Estatal: Gobernador Constitucional del Estado de México;
VIII.
Enlace de Mejora Regulatoria: Servidor público designado por el titular de la dependencia y organismo público descentralizado
respectivo, como responsable de la Mejora Regulatoria al interior de la misma;
IX.
Estudio: Estudio de Impacto Regulatorio, documento mediante el cual las dependencias justifican ante la Comisión Estatal o las
Comisiones Municipales, la creación de nuevas disposiciones de carácter general o la modificación de las existentes;
X.
ILey: Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios;
XI.
Lineamientos: se trata de un conjunto de medidas, normas y objetivos que deben respetarse dentro de una organización;
XII.
Mejora Regulatoria: Proceso continúo de revisión y reforma de las disposiciones de carácter general que, además de promover la
desregulación de procesos administrativos, provea la actualización y mejora constante de la regulación vigente;
XIII.
Reglamento: Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios.
XIV.
Registro Estatal: Registro Estatal de Trámites y Servicios.
XV.
Secretaría: Secretaría de Educación.
XVI.
La Universidad: A la Universidad Politécnica de Tecámac.
XVII.
Servicio: Actividad que realizan las Dependencias en acatamiento de algún ordenamiento jurídico, tendente a satisfacer las
necesidades de los ciudadanos, mediante el cumplimento por parte de éstos de los requisitos que el ordenamiento respectivo
establece.
XVIII.
Simplificación: Procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia en la elaboración de regulaciones y procesos
administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos de los trámites; y
XIX.
Trámite: Solicitud o gestión que realizan las personas físicas o jurídicas colectivas, con base en un ordenamiento jurídico, ya sea
para cumplir una obligación que tiene a su cargo, o bien para obtener información, un beneficio, un servicio o una resolución, y
que la autoridad a que se refiere el propio ordenamiento está obligada a resolver en los términos del mismo.
CAPITULO SEGUNDO
INTEGRACION Y FUNCIONES
TERCERb.-
Se establece el Comité Interno de Mejora Regulatoria, como la instancia facultada para auxiliar al enlace de Mejora Regulatoria
en el cumplimiento de sus funciones, para conducir, coordinar, supervisar y ejecutar un proceso continuo de Mejora Regulatoria de la
Secretaría y de la Universidad.

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