Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 04 de Enero de 2013 (Sección Cuarta)

DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., viernes 4 de enero de 2013
Tomo CXCV
A:202/3/00 I /02
Número de ejemplares impresos: 500
No. 3
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
SUMARIO:
PROGRAMA DE VERIFICACION VEHICULAR OBLIGATORIA PARA EL
PRIMER SEMESTRE DEL AÑO
2013.
SECCION CUARTA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
DEL
ESTAD D DÉ MÉXICO
PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA PARA EL
PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2013
M. en D. Cruz Juvenal Roa Sánchez, Secretario del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 4 párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18 y 78 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 7° fracciones 1, II, III, XII!, XX y XXI, 112 fracciones V, VII, X y XII y 113 de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 3, 7, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis fracciones I, III, V, VI, VII, XXV y XXVI, y
demás relativas de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.1 fracción 1, 1.3, 1.5, 1.6 fracciones 1, II, III, V, IX
y XI, 1.9, 2.1, 2.6 fracción 11, 2.8 fracciones V, XIV, XXVIII, XXXVIII y XL, 2.39 fracciones I y III, 2.146 fracciones 1, II, III y IV, 2.147
fracciones I, II y III, 2.149 fracciones VII, VIII y XIV, 2.197, 2.198 fracción II, 2.199 fracción I inciso a) puntos I, 2, 3 y 4, 2.200 fracciones
I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 2.214, 2.215 fracciones 1, II, III, IV, V y VI, 2.217 fracción II, 2.218, 2.221 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII,
IX, X, XI y XII, 2.241 fracciones II y IV, 2.252 fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII, 2.261 fracciones 1, 11,111, IV y V, 2.265 fracciones I, II, III y
IV, y 2.267 fracciones I, II, III, IV, 2.281 fracción III y 2.287 del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; 1,
3, 248 segundo párrafo, 249, 251 fracción 1, 252, 279 al 288, 292 fracciones I, 11, III, IV, V, VI incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k) y
VII, 293, 294, 295, 296, 363, 372, 373 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; 98, 100,
101 y 102 BIS del Código Financiero del Estado de México y Municipios; artículos 3 fracción II y 6 del Reglamento Interior de la
Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México; Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se transforma el
Órgano Desconcentrado denominado la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México, en Organismo Público
Descentralizado publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno en fecha siete de diciembre del dos mil siete, 1, 2, 3, 7, 1 I
fracciones 1, III, IV y X, 16 fracciones II, V y VII y 17 fracciones V, VII y X del Reglamento Interior de la Procuraduría de Protección al
Ambiente del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno el tres de diciembre del año dos mil ocho; 6 fracciones IX y XV,
110, III y 112 del Reglamento de Tránsito del Estado de México; 1 y 7 del Reglamento de Tránsito Metropolitano; así como en ei
Convenio de Coordinación de Acciones para la Verificación de Unidades con placas federales celebrado por el Ejecutivo Federal a
través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
(SCT), Gobiernos del Estado de México y del Distrito Federal; Lineamientos que establecen las Reglas a las cuales se sujetará el
reconocimiento por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de los certificados y calcomanías de baja emisión de
contaminantes, expedidos por los verificentros autorizados por Íos Gobiernos del Estado de México y el Distrito Federal; Acuerdo que
establece las medidas para limitar la circulación de los vehículos automotores en los municipios conurbados del Estado de México de la
Zona Metropolitana del Valle de México (Hoy No Circula) para controlar y reducir la contaminación atmosférica y contingencias
ambientales atmosféricas; Acuerdo por el que se emite el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en 18 Municipioc,
Conurbados del Estado de México de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM); Acuerdo en el seno de la ZonlsiCx
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Ambiental Metropolitana para implementar siete medidas para el mejoramiento de la calidad del aire en la ZMVM, Manual para la
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4 de enero de 2013
aplicación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en 18 Municipios Conurbados de la Zona Metropolitana del Valle
de México; Programa integral para la Reducción de Emisiones Contaminantes a la Atmósfera para los Vehículos a Gasolina; Aviso por el
que se establecen los lineamientos para acreditar el cambio de convertidores catalíticos; Acuerdo de intención suscrito por la Secretaría
del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México (SMAGEM), Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal
(SMAGDF) y la SEMARNAT para promover a través del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO), un esquema de
incentivos diferenciados para el otorgamiento del holograma "Doble Cero en la ZMVM" y Convenio de Coordinación por el cual se
crea la Comisión Ambiental Metropolitana.
ACUERDO ÚNICO.- Se expide el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2013.
CONTENIDO
MARCO NORMATIVO
OBJETIVO DEL PROGRAMA
GENERALIDADES
DEFINICIONES
RECOMENDACIONES AL PÚBLICO USUARIO
CAPÍTULO I
DEL TIPO DE HOLOGRAMA AL QUE SE PUEDE ACCEDER
1.1
Holograma Tipo Doble Cero "00"
1.2
Holograma Tipo Cero "0"
1.3
Holograma Tipo Dos "2"
1.4
Constancia Técnica de Verificación (Rechazo)
CAPÍTULO
2
DE LA VERIFICACIÓN POR TIPO DE VEHÍCULO
2.1 Vehículos con nuevo registro
2.2 Cambio de placa de vehículos ya registrados en el Estado de México
2.3 Vehículos de otras entidades federativas de uso antiguo o del extranjero
2.4 Vehículos con placas metropolitanas, transporte público, carga y autorregulación
CAPÍTULO 3
DEL CALENDARIO, TARIFAS, OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS Y SANCIONES DE LA VERIFICACIÓN
3.1 Calendario de la verificación
3.2 Tarifas de la verificación
3.3 Vehículos no verificados en el período correspondiente
3.4 Obligaciones de los responsables de los vehículos que sean verificados
3.5 Sanciones
CAPÍTULO 4
DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VERIFICACIÓN VEHICULAR
4.1 Servicio de verificación
4.2 Sanciones a los prestadores del servicio de verificación y obligaciones a los proveedores de equipo
CAPÍTULO 5
DEL PROGRAMA INTEGRAL PARA LA REDUCCIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES (PIREC)
5.1 Disposiciones para el programa integral de reducción de emisiones contaminantes
CAPÍTULO 6
PROGRAMA DE REDUCCIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES
6.1 Vehículos sin verificar
6.2 Vehículos Ostensiblemente Contaminantes
CAPÍTULO
7
DE LAS RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN
7.1 Exención al Acuerdo "Hoy No Circula" y Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas

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