Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 09 de Mayo de 2013 (Sección Primera)

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DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
CETA
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
SUMARIO:
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 9 de mayo de 2013
No. 87
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
AUTORIZACION SSC/006/13-04/VI-SP, EXPEDIDA A FAVOR DE LA
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EMPRESA "BLINDAJES MEXICANOS, S.A. DE C.V.".
AUTORIZACION SSC/007/13-04/I1-SP, EXPEDIDA A FAVOR DE LA
EMPRESA "VARAS Y ASOCIADOS EN SEGURIDAD PRIVADA,
S.A. DE C.V.".
AVISOS JUDICIALES: 531-Al, 2013, 1782, 265-B1, 266-131, 267-B1, 1779,
1760, 1761, 1762, 1763, 1759, 463-Al, 1936, 303-Bi, 299-BI, 300-El,
302-BI, 301-BI, 1872, 508-Al, 505-Al, 1924, 1927, 1870, 1770, 504-Al
y 2006.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1962, 1961, 1952, 1956,
2026, 2015, 2016, 507-AI, 1922, 1925, 515-Al, 1643 y 294-51.
"2013. Año del Bicentenario de los Se tirnie= .tw s de la
Nación"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
Folio No. 113
SSC/0056/12-09/SP
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 3, 15, 19 fracción II y 21 bis fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México; 1, 5 fracción I, 7 fracción VI y 10 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de
México; 7 fracciones XX, XXI y XXIV del Reglamento Interior de la Agencia de Seguridad Estatal,
Quinto Transitorio del Decreto número 359 de la LVII Legislatura de esta Entidad Federativa,
publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, de fecha 18 de octubre del 2011;
se
otorga la
autorización
SSC/006/13-04NI-SP,
para la prestación de servicios de seguridad privada,
dentro del territorio del Estado de México, a la persona jurídico colectiva denominada:
Página 2
A. 0C ESA
C, E G
f=s119111EF81.11C,
9 de mayo de 2013
"BLINDAJES MEXICANOS, S.A. de C.V."
Modalidades: Actividad Vinculada con Servicios de Seguridad Privada
Vigencia al 08 de Abril de 2015
No omitiendo señalar que la presente autorización que se otorga será personal, inalienable, intransferible e
inembargable, y contendrá la modalidad que se autoriza y condiciones a que se sujeta la prestación del servicio;
la vigencia será de dos años, y podrá ser revalidada por el mismo tiempo. La autorización o revalidación que se
otorga al Prestador del Servicio, quedará sujeta a las obligaciones establecidas en la Ley de Seguridad Privada
del Estado de México, así como al cumplimiento de otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
El Secretario de Seguridad Ciudadana
Salvador J. Neme Sastré
(Rúbrica).
SSO
CIUDADANA
Folio No. 119
SSC/0072/12-12/SP
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 3, 15, 19 fracción II y 21 bis fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México; 1, 5 fracción I, 7 fracción II y 10 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de
México; 7 fracciones XX, XXI y XXIV del Reglamento Interior de la Agencia de Seguridad Estatal,
Quinto Transitorio del Decreto número 359 de la LVII Legislatura de esta Entidad Federativa,
publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, de fecha 18 de octubre del 2011; se
otorga la
autorización
SSC/007/13-04/11-SP,
para la prestación de servicios de seguridad privada,
dentro del territorio del Estado de México, a la persona jurídico colectiva denominada:
"VARAS Y ASOCIADOS EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A. de C.V."
Modalidades:
Seguridad Privada en los Bienes
Vigencia al 11 de Abril de 2015
No omitiendo señalar que la presente autorización que se otorga será personal, inalienable, intransferible e
inembargable, y contendrá la modalidad que se autoriza y condiciones a que se sujeta la prestación del servicio;
la vigencia será de dos años, y podrá ser revalidada por el mismo tiempo. La autorización o revalidación que se
otorga al Prestador del Servicio, quedará sujeta a las obligaciones establecidas en la Ley de Seguridad Privada
del Estado de México, así como al cumplimiento de otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
El Secretario de Seguridad Ciudadana
Salvador J. Neme Sastré
(Rúbrica).

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