NOM-015-ENER-2012: Eficiencia Energética de Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos. Límites, Métodos de Prueba y Etiquetado.
Dependencia | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
Clave | NOM-015-ENER-2012 |
Tipo de norma | Definitiva |
Rama de la Actividad Económica | Fabricación de Equipo de Generación Eléctrica y Aparatos y Accesorios Eléctricos |
Producto | Refrigeradores |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2012, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO.
EMILIANO PEDRAZA HINOJOSA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, con fundamento en los artículos: 33 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, 7 fracción VII, 10, 11 fracciones IV y V y quinto transitorio de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, 38 fracción II, 40 fracciones I, X y XII, 41, 44, 45, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3 fracción VI inciso c), 33, 34 fracción XIX, XX, XXII, XXIII y XXV y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2012, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, define las facultades de la Secretaría de Energía, entre las que se encuentra la de expedir normas oficiales mexicanas que promueven la eficiencia del sector energético;
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización señala como una de las finalidades de las normas oficiales mexicanas el establecimiento de criterios y/o especificaciones que promuevan el mejoramiento del medio ambiente, la preservación de los recursos naturales y salvaguardar la seguridad al usuario;
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-015-ENER-2011, Eficiencia Energética de Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado; lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 25 de octubre de 2011, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el Comité, realizándose las modificaciones conducentes al proyecto de NOM. Las respuestas a los comentarios recibidos fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2012;
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-015-ENER-2012, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 2 de febrero de 2012.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Emiliano Pedraza Hinojosa.- Rúbrica.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2012, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES
Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO
PREFACIO
La presente Norma Oficial Mexicana fue elaborada bajo la coordinación de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía y aprobada en el pleno del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos y con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:
· ASESORIA Y PRUEBAS A EQUIPO ELECTRICO Y ELECTRONICO, S.A. DE C.V.
· ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE APARATOS DOMESTICOS, A.C.
· ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.
· DAEWOO ELECTRONICS HOME APPLIANCE DE MEXICO, S.A. DE C.V.
· DIRECCION GENERAL DE NORMAS
· FIDEICOMISO PARA EL AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA
· LG ELECTRONICS MEXICO, S.A. DE C.V.
· LOGIS CONSULTORES, S.A. DE C.V.
· MABE MEXICO, S.A. DE C.V.
· MIELE S.A. DE C.V.
· SAMSUNG ELECTRONICS CORPORATIVO, S.A. DE C.V.
· WHIRLPOOL MEXICO, S.A. DE C.V.
CONTENIDO
-
Introducción
-
Objetivo
-
Campo de aplicación
-
Referencias
-
Definiciones
4.1 Aparato
4.2 Capacidad bruta refrigerada
4.3 Ciclo
4.4 Ciclo de deshielo
4.5 Ciclo normal
4.6 Ciclos incompletos del motocompresor
4.7 Ciclos inexistentes del motocompresor
4.8 Ciclos normales completos del motocompresor
4.9 Compartimiento congelador
4.10 Compartimiento de alimentos
4.11 Condición térmica estable
4.12 Congelador electrodoméstico
4.13 Congelador horizontal
4.14 Congelador vertical
4.15 Deshielo
4.16 Deshielo ajustable
4.17 Deshielo automático
4.18 Deshielo automático de duración larga
4.19 Deshielo manual
4.20 Deshielo parcialmente automático; deshielo cíclico
4.21 Deshielo semiautomático
4.22 Evaporador
4.23 Factor de ajuste
4.24 Periodo de deshielo
4.25 Refrigerador electrodoméstico
4.26 Refrigerador-congelador (R/C)
4.27 Refrigerador convencional
4.28 Refrigerador, refrigerador-congelador y congelador compactos
4.29 Refrigerador solo
4.30 Temperatura del compartimiento
4.31 Temperatura medida
4.32 Tiempo de estabilización
4.33 Volumen ajustado (VA)
4.34 Volumen Refrigerado total
-
Clasificación
5.1 De acuerdo con su tipo
5.2 De acuerdo con su sistema de deshielo
-
Especificaciones
6.1 Límites de consumo de energía
6.2 Volumen ajustado
6.3 Factor de ajuste
-
Muestreo
7.1 Selección de la muestra:
-
Criterios de aceptación
8.1 Certificación
8.2 Etiqueta
-
Método de prueba
9.1 Determinación del volumen de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos
9.2 Cuarto de prueba
9.3 Alimentación eléctrica
9.4 Requerimiento general de prueba
9.5 Instrumentación
9.6 Preparación del aparato de prueba
9.7 Distribución de sensores de temperatura para la medición de temperatura
9.8 Condiciones de carga simulada
9.9 Temperatura de compartimiento
9.10 Temperaturas de referencia normalizadas
9.11 Control de temperatura
9.12 Secuencia de pruebas
9.13 Tiempo de prueba
9.14 Consumo de energía durante el tiempo de prueba
9.15 Consumo de energía de un ciclo
9.16 Determinación del consumo de energía promedio de un ciclo
9.17 Consumo de energía anual
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Etiquetado
10.1 Permanencia
10.2 Ubicación
10.3 Información
10.4 Dimensiones
10.5 Distribución de la información y colores
-
Procedimiento para la evaluación de la conformidad
11.1 Objetivo
11.2 Referencias
11.3 Definiciones
11.4 Disposiciones Generales
11.5 Procedimiento
11.6 Diversos
-
Vigilancia
-
Sanciones
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Bibliografía
-
Concordancia con normas internacionales
-
Transitorios
APENDICE A (Normativo)
APENDICE B (Normativo)
APENDICE C (informativo)
-
Introducción
La presente Norma Oficial Mexicana establece la actualización de los límites de consumo de energía máximos para refrigeradores, refrigeradores-congeladores, y congeladores. Esto ha sido como resultado de los avances tecnológicos y las condiciones del mercado nacional e internacional.
Esta Norma permitirá, además de responder a las necesidades de promover el ahorro de energía, contribuir a la preservación de recursos naturales no renovables de la nación.
-
Objetivo
La presente Norma Oficial Mexicana fija los límites máximos de consumo de energía de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos operados por motocompresor hermético, establece los métodos de prueba para determinar dicho consumo de energía y calcular el volumen refrigerado total, y especifica la etiqueta de consumo de energía y su contenido.
-
Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana aplica a los refrigeradores electrodomésticos, refrigeradores-congeladores electrodomésticos de hasta 1104 dm3 (39 pies3) y congeladores electrodomésticos de hasta 850 dm3 (30 pies3) operados por motocompresor hermético comercializados en los Estados Unidos Mexicanos.
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Referencias
La presente Norma Oficial Mexicana se complementa con la siguiente Norma Oficial Mexicana vigente o la que la sustituyan:
NOM-008-SCFI, Sistema General de Unidades de Medida.
-
Definiciones
Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se establecen las definiciones siguientes:
4.1 Aparato
Se refiere a cualquiera de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos cubiertos por esta Norma.
4.2 Capacidad bruta refrigerada
Volumen total refrigerado, indicado en decímetros cúbicos (dm3).
4.3 Ciclo
Periodo de 24 h para el cual se calcula el consumo de energía.
4.4 Ciclo de deshielo
Tiempo que transcurre entre el inicio de un periodo de deshielo hasta el inicio del siguiente periodo de deshielo, tomando en cuenta todos los ciclos del motocompresor.
4.5 Ciclo normal
El ciclo en el cual, cuando el refrigerador cuenta con una resistencia anticondensación, ésta opera en su condición de máximo consumo de energía.
4.6 Ciclos incompletos del motocompresor
Funcionamiento del motocompresor con un solo encendido y/o apagado durante el periodo de prueba.
4.7 Ciclos inexistentes del motocompresor
Funcionamiento del motocompresor contínuo durante el periodo de prueba.
4.8 Ciclos normales completos del motocompresor
Funcionamiento del motocompresor con más de un encendido y/o apagado durante el periodo de prueba.
4.9...
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