None (Versión vigente desde 2005-06-29 hasta 2011-11-16)
La justicia militar se administra:
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Por el Supremo Tribunal Militar;
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por los consejos de guerra ordinarios;
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por los consejos de guerra extraordinarios;
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por los jueces.
Son auxiliares de la administración de justicia:
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Los jueces penales del orden común;
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la policía judicial militar y la policía común;
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los peritos médico-legistas militares, los intérpretes y demás peritos;
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el jefe del archivo judicial y biblioteca;
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los demás a quienes las leyes o los reglamentos les atribuyan ese carácter.
El Supremo Tribunal Militar se compondrá: de un presidente, general de brigada, militar de guerra y cuatro magistrados, generales de brigada de servicio o auxiliares.
Para ser magistrado, se requiere:
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Ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
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ser mayor de treinta años;
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ser abogado con título oficial expedido por autoridad legítimamente facultada para ello;
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acreditar, cuando menos, cinco años de práctica profesional en los tribunales militares;
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ser de notoria moralidad.
El Supremo Tribunal Militar, tendrá un secretario de acuerdos, general brigadier, uno auxiliar, coronel; tres oficiales mayores y los subalternos que las necesidades del servicio requieran.
Para ser...
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